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Tribunal · solo Pro
QUIÑONES HENRIQUEZ con SII
Fecha: 04-05-2016 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de panadería contra infracción por no emisión de guía de despacho en venta de pan. Confirma multa y clausura de 2 días.
El 5 de febrero de 2016, funcionarios del SII fiscalizaron a un repartidor de la panadería 'Los Navarrete' en Pitrufquén. Constataron que se vendieron 5 kg de pan a Juan Gutiérrez por $4.500 sin emitir guía de despacho. El repartidor reconoció la omisión. Se notificó infracción a Marianela Quiñones Henríquez, propietaria de la panadería. La contribuyente alegó que la guía fue emitida en otro talonario usado por su cónyuge, pero no acreditó esta circunstancia.
El Tribunal constata que los funcionarios actuaron como ministros de fe y percibieron directamente que no se entregó guía de despacho. La reclamante no acreditó que el documento fue emitido ni entregado al momento de la venta. Las declaraciones juradas acompañadas carecen de mérito probatorio por no cumplir formalidades legales. La reclamante no solicita anulación sino solo evitar clausura, reconociendo tácitamente la infracción. Se desestima la reincidencia por insuficiencia de acreditación. Se considera el perjuicio fiscal escaso y que emitió la guía a petición de los fiscalizadores.
Rechaza reclamo. Confirma infracción del artículo 97 N°10 del CT. Impone multa de 2 UTM y clausura de 2 días. No condena en costas por motivos plausibles para litigar.
Temuco, cuatro de mayo de dos mil dieciséis.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña MARIANELA DEL CARMEN QUIÑONES
HENRÍQUEZ, chilena, empleada, cédula de identidad N° 12.930.810- 9, domiciliada en calle Los Canelos Nº 959, Villa Los Coihues, comuna de Pitrufq uén, quien formula reclamo en contra la notificación de infracción Nº 1374838, de 5 de febrero de 2016, cursada por funcionarios de la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos por el no otorgamiento de guía de despacho u otro documento legal por la venta de 5 kgs. de pan por un monto de $4.500. -, conforme los siguientes argumentos y antecedentes que expone:
Manifiesta que en la fecha indicada, en circunstancias que su hijo Alejandro Navarrete Quiñones realizaba sus labores diarias de entrega de pan, fue fiscalizado a la salida del Supermercado Umbach, ubicado en calle León Gallo Norte de Pitrufquén, por funcionarios del Servicio de Impuestos Internos quienes le solicitaron el talonario de guías de despacho que portaba. Al revisarlo, los fiscalizadores le señalaron que faltaba la emisión de una guía de despacho al contribuyente Juan Luis Gutiérrez, informándole el repartidor que dicho cliente fue atendido por su padre el mismo día, y la guía de despacho entregada constaba en otro talonario en uso.
No obstante las explicaciones formuladas por el repartidor, señala que los funcionarios le exigieron a éste la emisión de una nueva guía de despacho y posteriormente se trasladaron a su local comercial, ubicado en calle Los Canelos Nº 959, Pitrufquén, procediendo a notificarle la infracción por no haber emitido documento legal por la venta de 5 kgs. de pan.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Dos motivos principales:
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