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Tribunal · solo Pro
SII con AGUAYO SILVA
Fecha: 30-05-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA
Se confirma infracción al artículo 97 N°4 del CT por subdeclaración maliciosa de ingresos de Primera Categoría en años 2013-2014, condenando al contribuyente a multa del 100% del monto defraudado.
Alberto Andrés Aguayo Silva, contratista en construcción, presentó formularios 22 de declaración anual de renta para años 2013 y 2014 omitiendo totalmente sus ingresos de Primera Categoría. Durante fiscalización se constató que su Libro de Compras y Ventas registraba ingresos de $85.041.612 en 2012 y $114.443.834 en 2013, mientras sus declaraciones no consignaban ingreso alguno. El contribuyente reconoció omisiones por desconocimiento y problemas con clientes incumplidos, manifestando intención de regularizar mediante convenios.
El tribunal analizó que la infracción requiere: (1) presentación de declaración; (2) que sea falsa o incompleta; (3) que pueda inducir liquidación de impuesto inferior; (4) que sea maliciosa (dolo del contribuyente). Se estableció que Aguayo Silva presentó declaraciones incompletas y maliciosamente falsas respecto a 2013-2014, con pleno conocimiento de su falsedad. No se aplican agravantes por falta de reincidencia acreditada. Se reconoce atenuante por cooperación al prestarse declaración jurada y efectuar rectificatorias. El dolo y perjuicio fiscal forman parte del tipo infraccional, no siend
Se confirma el Acta Denuncia N°2 por infracción al artículo 97 N°4 del CT. Se impone multa de $14.925.331 equivalente al 100% del monto defraudado actualizado a mayo 2016. Se notifica por carta certificada al contribuyente y mediante publicación en sitio internet del tribunal al SII.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
SILVA.”
RIT N°: Rol · solo Pro RUC N°: Rol · solo Pro.
En Providencia, a treinta de mayo de dos mil dieciséis.
VISTOS:
A fs. 11, Acta Denuncia N° 2, de 22.04.2016, emitida por el SER VICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA
SANTIAGO ORIENTE, Rut N°60.803.315-7, representado legalmente por doña Virginia San Juan Ubilla, Jefa del Departamento Jurídico de la XV Dirección Regional Oriente, en relación a l contribuyente don ALBERTO ANDRÉS AGUAYO SILVA , Rut. N°12.666.296-3, con giro en Contratista en Construcción en Obras Menores , domiciliado en San Vicente de Paul N° 4880, comuna de Macul , Región Metropolitana, por infracción al artículo 97 N°4 inciso primero del Código Tributario.
Rolan en autos, A fs. 1, Comprobante de Distribución de Causas.
A fs. 2 a 5, Informe N° 7 de fecha 27.11.2014, emitido por el Jefe (S) de la Unidad de Ñuñoa, del Servicio de Impuestos Internos.
A fs. 6, ORD N° 603 que fija forma de presunción para determinar la Renta Mínima Imponible de don Alberto Andrés Aguayo Silva
A fs. 7 y 8, Formularios 22 Años Tributarios 2013 y 2014 correspondiente al contribuyente RUT N° 12.666.296-3
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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