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Tribunal · solo Pro
TRANSPORTES TAS CHOAPA INTERNACIONAL LIMITADA con SII
Fecha: 02-08-2016 · Materia: Resolución
OTRO
Tribunal rechaza devolución de $5.725.766 por PPM y Crédito Sence solicitada por transportista, por no acreditar procedencia de crédito por peajes conforme Ley 19.764.
Transportes Tas Choapa Internacional Limitada, empresa de transporte interurbano de pasajeros, solicitó devolución de saldo a favor de $5.725.766 en su declaración de renta AT 2011 (presentada 9 mayo 2011), compuesto por $5.245.649 en PPM y $480.117 en Crédito Sence. El SII rechazó la devolución mediante Resolución Exenta 114000000010 del 19 noviembre 2012, argumentando que el contribuyente no aportó antecedentes necesarios para verificar la exactitud de su declaración. La empresa reclamó el acto administrativo alegando falta de motivación y procedencia de ambos conceptos.
El tribunal analizó los requisitos para la devolución de PPM conforme artículos 96-97 LIR y crédito Sence conforme artículos 36-43 Ley 19.518. Respecto a DJ 1835 (bienes raíces), la diferencia en indicación de propietario versus concesionario quedó explicada por el contrato de subconcesión acompañado. En DJ 1879 (retenciones), verificó que retenciones de honorarios ($174.889) coincidían con formularios 29, corregidas monetariamente en $178.956. Sin embargo, en crédito por peajes (Ley 19.764), encontró inconsistencias: para abril detectó diferencia entre peajes pagados ($2.059.600) y crédito de
Se rechaza la reclamación tributaria. Se confirma la Resolución Exenta 114000000010 de 19 noviembre 2012 del SII que denegó la devolución de $5.725.766. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
UN pm
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A DOS DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISEIS.
VISTOS:
El escrito de fecha 31 de enero de 2014, rolante a fojas 1 a 17 de autos, presentado por don MARIO SILVA POBLETE, RUT N*9.894.283-1, en representación de la empresa TRANSPORTES — TAS CHOAPA
INTERNACIONAL LIMITADA, RUT N*76.367.530-0, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida el Golf N%40, piso 20, comuna de Las Condes, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta N*114000000010, de fecha 19 de noviembre de 2012, mediante la cual se declara improcedente la devolución de saldo a favor retenido de la Declaración de Impuesto a la Renta Año Tributario (en adelante AT) 2011, por un monto ascendente a $5.725.766.-(cinco millones setecientos veinticinco mil setecientos sesenta y seis pesos) fundado en que el contribuyente y reclamante en autos, no habría aportado al ente fiscal los antecedentes necesarios para proceder a verificar la exactitud de la información consignada en su declaración, no habiendo demostrado consecuentemente la procedencia de la devolución solicitada.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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