Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
RIADI HAZBUN con SII
Fecha: 27-04-2012 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE Confirmatorio Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones de IVA e Impuesto a la Renta por $25.734.825, confirmando la mayoría de deducciones de crédito fiscal por facturas no fidedignas, pero eliminando agregados al débito sobre ventas de maquinaria depreciada.
Contribuyente forestal Farid Riadi Hazbún reclama liquidaciones N°264 a 281 por diferencias de IVA y Renta años 2008-2010. El SII impugnó facturas de proveedoras Natalia Velásquez Muñoz, Edith Maureira Soto, Héctor Zapata Díaz y Benito Lillo Zalaya como no fidedignas, y agregó débito por ventas de maquinaria usada sin acreditar exención. Contribuyente alegó operaciones reales, defectos formales menores en facturas y depreciación de máquinas. SII verificó domicilios inexistentes, operaciones sin documentación, máquinas con capacidades insuficientes y una factura falsa materialmente.
Tribunal estimó que contribuyente no demostró fehaciente que facturas impugnadas correspondieran a operaciones efectivas conforme normativa legal. Confirmó pérdida de crédito fiscal por facturas no fidedignas según art. 23 N°5 DL 825. Respecto ventas de maquinaria: acreditó mediante contabilidad y testimonio que máquinas estaban totalmente depreciadas (valor $1 contable), cumpliendo hipótesis legal de art. 8 letra m) DL 825 para no gravar con IVA. Rechazó factura N°12394 emitida para garantizar deuda sin cumplir requisitos de nota de crédito. Aplicó sana crítica a prueba documental y testimoni
Acoge parcialmente reclamo. Confirma liquidaciones N°264-271, 273-274, 276-281. Deja sin efecto liquidación N°272. Modifica liquidación N°275 eliminando agregado de $1.425.000 por débito fiscal de factura N°12400 de maquinaria depreciada. Sin condena en costas.
Temuco, veintisiete de abril de dos mil doce.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Farid Riadi Hazbún, cédula de Identidad N° 6.358.505-k, contribuyente del giro forestal, domiciliado para estos efectos en calle Aldunate N°535, departamento 201, de la ciudad de Temuco, quien interpone reclamo en contra de las Liquidaciones N°s 264 a 281, ambas inclusive, emitidas por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, que determinan diferencias de Impuesto al Valor Agregado (IVA), correspondientes a los períodos tributarios de abril, junio, julio, septiembre y noviembre del año 2008; de abril, mayo, junio, julio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2009; de julio, septiembre, octubre y noviembre del año 2010; y diferencias al Impuesto a la Renta en el año tributario 2010, que ascienden a la suma de $25.734.825.-, notificadas a la parte reclamante con fecha 30 de mayo de 2011. Dichas diferencias de impuestos provienen de la impugnación de facturas de proveedores calificadas como no fidedignas por el ente fiscalizador, que se materializa en deducciones al crédito fiscal del IVA en los períodos señalados y, además, de agregados al débito fiscal por no haberse acreditado por el contribuyente la exención del IVA en las ventas a terceros de maquinarias utilizadas en su giro. Asimismo, la mencionada impugnación de crédito fiscal hecho valer por el reclamante, determina el rechazo del costo de las supuestas adquisiciones que efectuó, dando origen a las diferencias de Impuesto a la Renta determinadas.
Al respecto, señala el reclamante que las liquidaciones hacen una serie de reparos y que no consideraron en ningún punto los antecedentes presentados que avalan el uso del Crédito Fiscal y que además objetan situaciones que no son legales.
Agrega que, respecto de las facturas de la contribuyente
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.