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Tribunal · solo Pro
INDUSTRIA OPTICA RODENSTOCK CHILE S A con SII
Fecha: 31-08-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Industria Óptica Rodenstock Chile S.A. impugna liquidaciones del SII por tratamiento de préstamos a matriz como remesas no justificadas gravadas con impuesto de 35%, y por rechazo de provisiones como gastos deducibles.
Rodenstock Chile realizó desembolsos a Rodenstock GmbH (Alemania) entre 2007 y 2010 por EUR 4.500.000 aproximadamente, contabilizados como préstamos. El SII, mediante fiscalización selectiva, emitió liquidaciones (450-455 de julio 2011 y 619-620 de noviembre 2011) cuestionando la naturaleza de estos desembolsos por: falta de amortización de principal al 31.12.2009-2010, pérdidas por diferencia de cambio, giro social específico (no financiero), y falta de cumplimiento de requisitos de timbres. El SII también rechazó provisiones como gastos deducibles. La empresa presentó descargos en respuesta
El SII argumentó que los desembolsos no constituían préstamos válidos por: (1) solo devolución de intereses sin amortización de capital; (2) pérdidas por tipo de cambio; (3) incompatibilidad del giro social con operaciones financieras; (4) falta de requisitos de timbres y estampillas; (5) movimiento contable sospechoso (banco a préstamo empresa relacionada); (6) importante remanente FUT no remesado. Sostuvo que debían gravarse como remesas adicionales conforme art. 21 inc. 3° LIR con tasa 35%. Rechazó provisiones por incumplimiento arts. 31 y 33 LIR. La empresa argumentó que el préstamo de 200
El texto presentado contiene la exposición de hechos y argumentos de las partes, sin incluir la sentencia definitiva del tribunal. Se requeriría acceso a la parte resolutiva del fallo para determinar qué resolvió finalmente el Tribunal Tributario.
“INDUSTRIA ÓPTICA RODENSTOCK CHILE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA
SANTIAGO CENTRO”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
Santiago, treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis.
VISTOS:
Que a fs. 4, 213 y siguientes, en autos acumulados comparece doña FRANCISCA
VARGAS VARAS, abogada, cédula nacional de identidad N° 15.367.129-K, actuando en representación de INDUSTRIA ÓPTICA RODENSTOCK CHILE S.A. (en adelante también "Rodenstock Chile"), Rol Único Tributario N° 92.915.000-7, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Beaucheff N°1.581, comuna de Santiago, Región
Metropolitana, quien encontrándome dentro del plazo legal y de acuerdo a lo establecido en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, interpuso Reclamo Tributario en contra de las Liquidaciones Nos. 450, 451, 452, 453, 454, y 455, de fecha 29 de Julio de 2011 y de las Liquidaciones Nos. 619 y 620, ambas de fecha 29 de Noviembre de 2012, todas emitidas por el Departamento de Fiscalización de Medianas y Grandes Empresas, de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro, del Servicio de Impuestos Internos (en adelante también "SII"), en virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación procede a exponer:
I.-
ANTECEDENTES DEL PROCESO DE FISCALIZACIÓN Y CUESTIONAMIENTOS DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS l. Antecedentes del proceso de fiscalización.
Señala que con fecha 27 de agosto de 2010, mediante la Notificación N° 775-3, el SII notificó a los representantes de Industria Óptica Rodenstock Chile S.A., con el objeto de solicitar que se aportaran ciertos antecedentes correspondientes a la Declaración de Impuesto a la Renta del Año Tributario 2010, en el marco del programa de Fiscalización denominado "Selectivos S-01 / S-06, AT 2010".
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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