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Tribunal · solo Pro
SMITH ESTEFÓ con SII
Fecha: 16-09-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra liquidaciones de IGC por gastos de minibuses de empresa socia, determinando que reclamante no acreditó presupuestos facticos para anular las liquidaciones practicadas.
Stephanie Smith Estefó, como heredera del contribuyente Byron Smith Gumucio, reclama contra liquidaciones n°s 591-594 de julio 2015 por Impuesto Global Complementario de años 2012-2013. Las liquidaciones se basaban en inconsistencias detectadas en Forestal Antilemu Ltda., empresa socia del fallecido, respecto a gastos de adquisición y mantención de 16 minibuses. La reclamante argumenta que estos gastos son necesarios para producir la renta conforme artículo 31 LIR y cita oficio 675/2006 sobre transporte de personal, sosteniendo que no genera IVA.
El tribunal aplica el onus probandi establecido en artículo 21 del Código Tributario, conforme el cual corresponde al contribuyente desvirtuar con pruebas suficientes las impugnaciones del SII. Durante el período probatorio, la reclamante presentó únicamente informes de mantención de vehículos sin acreditar la efectividad de los presupuestos facticos que permitirían dejar sin efecto las liquidaciones. El tribunal considera que la reclamante no proporcionó prueba suficiente respecto a la naturaleza, destino y deductibilidad de los gastos cuestionados, ni demostró que estos cumplieran con los re
Se rechaza el reclamo interpuesto por Stephanie Smith Estefó contra las liquidaciones n°s 591-594 de 29 de julio de 2015, confirmando la actuación del Servicio de Impuestos Internos, con condenación en costas a la parte reclamante.
Concepción, dieciséis de septiembre de dos mil dieciséis.
VISTOS:
Que, a fojas 80 y siguientes, con fecha 17 de noviembre de 2015, comparece don Jorge
Muñoz Vallejos , abogado , domiciliado en calle Diagonal Pedro Aguirre Cerda 1151, oficina 102, Concepción, en representación procesal de Stephanie Smith Estefó, R ut n° 16.178.691 -3, domiciliada para estos efectos en Las Verbenas 9.235, depto. 1203, Las Condes Avenida Golf, Lomas de la Dehesa 9548, Lo Barnechea, Santiago; quien interpone reclamo en conformidad a los artículos 123 y siguientes del Código Tributario en contra de las liquidaciones n°s 591 a 594 de fecha 29.07.2015 emitidas a don Byron Rolando Smith Gumucio, RUT: 5.040.139 -1, por la VIII Dirección Regional Concepción del Servicio de Impuestos Internos, de acuerdo a los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
Parte su exposición señalando que las liquidaciones emitidas por el ente fiscal se refieren a supuestas omisiones en las declaraciones de Impuesto Global Complementario de los años tributarios 2012 y 2013. Lo anterior, debido a que la empresa de la cual la contribuyente es socia, Sociedad Forestal Antilemu Ltda., fue informada de inconsistencias detectadas en el proceso de fiscalización llevado a cabo por el Servicio de Impuestos Internos, relacionadas con algunos gastos incurridos por la empresa (adquisición de minibuses y gastos de mantención).
Enseguida el libelo, procede a entrega determinado s fundamentos que apoyen la tesis de que los gastos incurridos en la adquisición y mantención de los 16 minibuses, dan derecho a crédito fiscal, siendo necesarios para producir la renta, y por ende no siendo jurídicamente correcto considerarlos como gastos rechazados, habida consideración lo dispuesto en la norma contenida en el artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta; Compartiendo, luego, determinada jurisprudencia.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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