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Tribunal · solo Pro
PETRÓLEOS MARINOS DE CHILE LIMITADA con SII
Fecha: 27-10-2016 · Materia: Resolución
RECHAZA+5.000M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Petróleos Marinos de Chile contra resolución del SII que desestimó pérdida tributaria de $5.685.623.699 por aporte de acciones a nueva sociedad, por falta de acreditación de valor de mercado y necesariedad del gasto.
PMCL aportó 23.431.438.243 acciones de PMC Terminal de Combustibles SpA a la nueva sociedad Inversiones La Greda Limitada, registradas tributariamente en $23.774.983.699, pero las valorizó en $18.089.360.000 para el aporte, generando pérdida de $5.685.623.699. El SII, mediante Resolución Exenta 17.000 N°150/2014, desestimó esta pérdida por falta de acreditación de necesariedad y valor de mercado. PMCL presentó diversos documentos como ofertas preliminares, acuerdos de confidencialidad, contratos comerciales y un contrato de promesa de compraventa posterior.
El tribunal estableció que los requisitos del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta exigen acreditación fehaciente de necesariedad y valor de mercado del gasto. Pesaba sobre PMCL, conforme artículo 21 del CT, el onus probandi. El tribunal analizó las probanzas: el memorándum de abogados careció de eficacia por falta de comparecencia de firmantes; acuerdos de confidencialidad constituían cifras referenciales no vinculantes; ofertas de terceros eran preliminares y no vinculantes; el contrato de promesa era simple fotocopia no certificada. Concluyó que los antecedentes fueron insuficien
Se rechaza el reclamo general tributario interpuesto. Se mantiene firme la Resolución Exenta 17.000 N°150/2014 del SII que desestimó la pérdida de $5.685.623.699. Se condena en costas a la reclamante vencida.
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PETRÓLEOS MARINOS DE CHILE LIMITADA
RUT N° 77.672.530-7
Valparaíso, veintisiete de octubre de dos mil dieciséis
VISTO:
Que a fojas 1 compareció don Gonzalo Schmidt Gabler, abogado, RUT Nº 10.375.690-1, en representación de PETRÓLEOS MARINOS DE CHILE LIMITADA, del giro de su denominación, RUT N° 77.672.530-7, ambos domiciliados en Avenida Libertad 1348, oficina 703, Torre Marina Arauco, comuna de Viña del Mar, V Región, quien interpuso Reclamo General Tributario en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que dirige su acción en contra de la Resolución Exenta 17.000 N°150/2014 de fecha 28.11.2014.
2. Señala que mediante la actuación reclamada se resolvió disminuir la pérdida tributaria declarada por la contribuyente reclamante (PMCL), consecuencialmente autorizar en forma parcial la devolución solicitada y se ordenó modificar los registros RLI, FUT y Formulario 22.
3. Explica que dicha resolución se fundamenta en las siguientes objeciones:
a) No consideró justificado, ni ajustado a valor de mercado, el valor al cual la contribuyente aportó sus acciones de PMC Terminal de Combustibles Spa a la sociedad Inversiones La Greda Limitada, (Sociedad constituida por PMCL y el socio Gijs- Jan de Viet).
b) Estimó que el gasto generado en dicha operación (pérdida) no cumplía con los requisitos del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, en particular, no estimó acreditado su carácter de necesario, así como tampoco que constituy era una pérdida real y efectiva.
4. Indica que existen sólidos fundamentos que respaldan la efectividad de la pérdida y lo ajustado a mercado del valor al cual fueron aportadas dichas acciones en la constitución de la sociedad Inversiones La Greda Limitada.
5. Alega la existencia de una serie de vicios de los que adolece la resolución reclamada. 2 6. Alega la ilegalidad de la Resolución Exenta 17.000 N°150/2014, por cuanto:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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