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Tribunal · solo Pro
CERVECERA VALDIVIA S.A. con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 16-12-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación de Cervecera Valdivia contra liquidación que rechazaba gastos de $10.853.354 por servicios de asesoría de AEIK, considerando que fueron necesarios para producir renta.
Cervecera Valdivia S.A., sociedad anónima con capital de $500.000.000, contrató servicios de asesoría administrativa y financiera a la empresa Asesorías e Inversiones Kunstmann Limitada (AEIK) por $900.000 mensuales durante 2013. El SII rechazó estos gastos por $10.853.354 aplicando sanción del 35%, argumentando que la administración era función propia de los directivos y contadores. La empresa reclamó fundamentando que la gestión corporativa de una sociedad anónima requiere coordinación administrativa ejecutiva delegada en AEIK.
El tribunal establece que los gastos necesarios para producir renta requieren dos elementos: (1) que el gasto sea obligatorio para el contribuyente (no corresponda legalmente a tercero) y (2) que tenga aptitud razonable y proporcionada de producir la renta. Analiza que una sociedad anónima como la reclamante requiere administración ejecutiva de sus gestiones corporativas. Considera crucial que el Gerente General no realizaba funciones administrativas ni era remunerado, por lo que AEIK cumplió labor necesaria. Valora positivamente el testimonio de ejecutivos confirmando la necesidad de asesoría
Se acoge la reclamación. Se deja sin efecto la Liquidación N° 86 de 23 de junio de 2016 emitida por el SII. Se declara sin condena en costas por haber motivos plausibles para litigar.
Valdivia, dieciséis de diciembre de dos mil dieciséis.
VISTOS:
A fojas uno y siguientes, comparece el señor JULIO BURGOS NAVARRETE , RUT N° 13.820.134-1, Abogado, domiciliado en Maipú N°251, oficina 601-B de Valdivia, en representación de CERVECERA VALDIVIA S.A., RUT N° 79.985.340-K, domiciliada en Ruta T-350 N° 950, Valdivia. Interpone reclamo en contra de la Liquidación N° 86 del 30 de junio de 2016 del Servicio de Impuestos Internos, fundado en los argumentos que pasa a exponer.
Sostiene que el acto reclamado se funda en una fiscalización practicada por el Servicio de Impuestos Internos (SII), por la cual se rechazó la suma de $10.853.354 de gastos del Año Tributario 2013, aplicando la sanción del 35% contemplada en el artículo 21 de la Ley Sobre Impuesto a la Renta (LIR). Tal gasto consiste en pagos efectuados a la empresa Asesorías e Inversiones Kunstmann Limitada (AEIK), RUT N°78.825.770-8, por concepto de prestación de servicios de asesorías financieras y administrativas prestadas mensualment e por dicha sociedad. La suma pagada mensualmente corresponde a 40 UF. El fundamento del rechazo por el Servicio es la falta de necesidad del gasto. Transcribe parte de la liquidación reclamada que se refiere a ello . Explica que el Servicio efectúa las siguientes aseveraciones:1. - El proceso de ingresos de la contribuyente, sería bastante simple sin que se requiera expertis o asesoría puntual; 2. - La contribuyente paga honorarios a profesionales del área contable, quienes a juicio del SII, serían suficiente s para otorgar asesoría financiera; 3. - La contribuyente efectúa pago por dietas a sus directores; 4. - La existencia de una relación y dependencia profunda entre la contribuyente y AEIK ; y, 5.- La contribuyente no es una empresa comercial ni productiva.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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