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Tribunal · solo Pro
EMBOTELLADORA ANDINA S.A. con DIRECCION DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 06-03-2017 · Materia: Liquidación
RECHAZA+6.000M No Ha Lugar
Tribunal confirma liquidaciones de Impuesto de Primera Categoría y reintegro por badwill en fusión de sociedades, rechazando prescripción y reclamo de Embotelladora Andina S.A.
Embotelladora Andina S.A. absorbió Andina Inversiones Societarias Dos Ltda. y Envases Multipack S.A. el 15.11.06. El SII emitió Liquidaciones Nos 50 y 51 de 30.08.11 por años tributarios 2008 y 2009, determinando diferencias de Impuesto de Primera Categoría y reintegro del artículo 97 basándose en un badwill de $6.256.867.546. La contribuyente reclamó el 26.10.12 argumentando inexistencia de badwill, falta de base legal y prescripción. El SII fue citado el 29.04.11 y se otorgó prórroga de un mes para contestar.
El tribunal analiza que conforme a los artículos 2° y 15 de la Ley de la Renta, el badwill constituye incremento de patrimonio tributable. El valor tributario de las empresas absorbidas menos el costo de adquisición arrojó diferencia positiva que debía tratarse como activo no monetario amortizable. Respecto a la prescripción, conforme al artículo 200 del CT, el plazo ordinario de tres años se cuenta desde el 30.04.08. Con la citación del 29.04.11 se aumenta tres meses (hasta 01.08.11), y con la prórroga otorgada se extiende un mes más (hasta 02.09.11). Las liquidaciones del 30.08.11 se emitier
Se desestiman excepciones de prescripción. Se rechaza el reclamo de 26.10.12. Se confirman íntegramente Liquidaciones Nos 50 y 51 de 30.08.11. Se ordena girar impuestos y reintegros. No se condena en costas por motivos plausibles para litigar.
EMBOTELLADORA ANDINA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS. SANTIAGO SUR.
RIT N° : Rol · solo Pro.
RUC N° : Rol · solo Pro.
En Providencia, a seis de marzo de dos mil diecisiete.
Al escrito de 27.01.17:
A SUS AUTOS. En su mérito, téngase por cumplida la medida para mejor resolver decretada.
VISTOS:
El escrito de 25.07.14, en que compareció don Alejandro Muñoz Seguel, en representación convencional de la sociedad EMBOTELLADORA ANDINA S.A., RUT N° 91.144.000-8, ante el Tribunal Tributario Servicio de Impuestos Internos , Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur, ejerciendo su Derecho de Opción respecto al reclamo que fue presentado el 26.10.12 y que se encontraba pendiente de resolución en dicha sede.
Por resolución de 14.10.14, este Tercer Tribunal Tributario tuvo por recibidos los autos que le fueron remitidos mediante OF. Ord. N° 122, de 25.09.14 , y se reinició la tramitación del reclamo tributario de 26.10.12, en que compareció don Alejandro Muñoz Seguel, en representación convencional de la sociedad EMBOTELLADORA ANDINA S.A., RUT N° 91.144.000-8,del giro de su denominación, domiciliada en calle Carlos Valdovinos N° 560, comuna de San Joaquín, Región Metropolitana, deduciendo reclamo tributario en contra de las Liquidaciones N os 50 y 51, de 30.08.11, que determina diferencias de Impuesto de Primera Categoría y Reintegro del artículo 97 de la Ley de la Renta, relativas a los Años Tributarios 2008 y 2009, emanadas del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES, representado legalmente en autos por don Cristián Vargas Méndez, Subdirector Jurídico del Servicio de Impuestos Internos, ambos domiciliados en calle Almirante Gotuzzo N° 124, comuna de Santiago , Región
Metropolitana.
Rolan en autos, A fojas 1 a 141 , Comprobante de distribución de causas. Presuma de reclamo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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