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Tribunal · solo Pro
CIA DE SEGUROS DE CREDITOS COFACE CHILE SA con SII
Fecha: 10-04-2017 · Materia: Resolución · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamación de Coface Chile por devolución de $139.931.924 del AT 2011, confirmando Resolución del SII que denegó devolución por sub-declaración de ingresos no acreditada en fiscalización.
Coface Chile presentó declaración de impuestos del AT 2011 solicitando devolución de $139.931.924. El SII emitió Resolución Exenta N°115200000003 de 19.11.2012 denegando la devolución por observaciones A08 y F53 sobre diferencias en ingresos. La empresa fue citada a presentar documentación el 9 de agosto de 2011 pero no concurrió. Presentó solicitud de revisión de actuación fiscalizadora que fue rechazada en Resolución N°25.550 de 15.04.2013. En esta instancia, aporta balance general y documentación parcial buscando justificar diferencias en ingresos.
El tribunal estima que toda declaración de impuestos tiene carácter provisorio y el contribuyente debe acreditar sus argumentos durante la etapa de fiscalización. Coface Chile no aportó durante la fiscalización los antecedentes requeridos para comprobar la exactitud de su declaración, pese a ser citada formalmente. La empresa no desvirtuó convincentemente la sub-declaración de ingresos observada, limitándose a explicaciones someras sobre diferencias de devengo entre impuestos y fluctuación de tipo de cambio. El balance aportado carece de firmas reglamentarias y la empresa no presentó facturas
Se rechaza íntegramente la reclamación, confirmando Resolución Exenta N°115200000003 del SII. Se condena en costas a la reclamante por ser totalmente vencida en el litigio.
“COMPAÑÍA DE SEGUROS DE CRÉDITO S COFACE CHILE S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT GR - 18 - 00106-2013
Santiago, diez de abril de dos mil diecisiete. -
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Andrés Ignacio Klenner Soto , abogado, RUT N °9.982.583-9, en representación de COMPAÑÍA DE SEGUROS DE CRÉDITO S COFACE CHILE S.A., RUT N°96.831.690-7, persona jurídica del giro de su razón social, ambos domiciliados para estos efectos en Nueva Tajamar N°555, Oficina 201, comuna de Las Condes , Santiago , quien de conformidad a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario , interpone reclamación tributaria, en procedimiento general de reclamaciones, en contra de la Resolución Exenta N°115200000003, emitida con fecha 19 de noviembre de 2012, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, solicitando que sea dejada sin efecto y se ordene en su reemplazo la devolución total de $139.931.924 solicitada en su declaración de impuestos del año tributario 2011, con expresa condena en costas; en subsidio, que se disponga una devolución parcial , correspondiente a la devolución total menos el Impuesto de Primera Categoría que correspondería aplicar sobre la diferencia de ingresos que no se estime justificada; y/o para el caso que se confirme plenamente la resolución impugnada o, bien, acoja sólo una devolución parcial , se declare que la reclamante está facultada para rectificar su declaración de impuestos del AT 2011 en aquellas partidas en que se confirme la impugnación del Servicio, en virtud de los siguientes fundamentos:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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