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Tribunal · solo Pro
SII con PLAZA MAYOR CONSTRUCTORA LIMITADA
Fecha: 07-09-2017 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal confirma infracción por uso malicioso de facturas falsas para aumentar créditos fiscales de IVA, aplicando multa del 100% del perjuicio fiscal considerando cooperación y reparación del contribuyente.
Plaza Mayor Constructora Limitada registró en sus libros de compra durante septiembre y noviembre de 2014 facturas falsas provenientes de supuestos proveedores Víctor Carol Rebolledo y Construcciones Víctor Navarro E.I.R.L., declarando crédito fiscal en formularios 29 para aumentar dolosamente sus créditos fiscales y disminuir débitos fiscales. Las maniobras provocaron perjuicio fiscal por IVA de $40.295.047 actualizado a junio de 2016. El contribuyente se allanó al Acta de Denuncia, cooperó con el SII aportando documentación y suscribió convenio de pago con Tesorería General de la República.
La infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario configura maniobras maliciosas tendientes a aumentar créditos fiscales en relación con IVA. Para determinar la sanción, conforme al artículo 107 del CT se consideró: la cooperación prestada por el infractor para esclarecer su situación, la reparación del perjuicio fiscal mediante convenio de pago suscrito con Tesorería, y que el contribuyente aportó documentación voluntariamente desde julio de 2015. El tribunal valoró estos antecedentes como atenuantes de la sanción dentro del margen legal permitido.
Se confirma el Acta de Denuncia N°06 por infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del CT. Se aplica multa del cien por ciento (100%) de lo defraudado, cifrado en $40.295.047. Se ordena al Director Regional dispondrá cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte pagará sus propias costas.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO ORIENTE con PLAZA
MAYOR CONSTRUCTORA LIMITADA”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, siete de septiembre de dos mil diecisiete.
VISTOS:
A fojas 1, rola Reservado N°200, de 14 de junio de 2017, de don Misael Morales Godoy, Jefe del Departamento Jurídico de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, mediante el cual remite Acta de Denuncia N°06, de fecha 9 de junio de 2017, junto con la documentación que detalla.
A fojas 2, rola Acta de Denuncia N°06, levantada y notificada con fecha 9 de junio de 2017, por doña Sofía Alejandra Ravanal Meza, Fiscalizadora del Primer Departamento de Fiscalización de Medianas y Grandes Empresas de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, al contribuyente PLAZA MAYOR CONSTRUCTORA LIMITADA, RUT N°76.023.423-0, con giro en acondicionamiento de edificios y obras menores de construcción , representada legalmente por don Gonzalo Alberto Rufin Velasco, RUT N°8.282.026-4, domiciliado en Avda. Raúl Labbe N°12.613, Oficina 525, comuna de Lo Barnechea, por haber incurrido en infracción al artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario.
A fojas 7, consta la Notificación N°461, Folio N°1533042, de fecha 9 de junio de 2017, mediante la cual se notifica el Acta de Denuncia N°06.
A fojas 22, consta haberse tenido por presentada el Acta de Denuncia N°06.
A fojas 25, comparece don Christian Soto Torres, en representación de la parte denunciante, haciéndose parte en el reclamo y confiriendo patrocinio y poder.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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