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Tribunal · solo Pro
CORTESI ZANETTI con SII
Fecha: 12-09-2017 · Materia: Liquidación
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de socia contra liquidaciones de IGC derivadas de liquidaciones a su sociedad. El tribunal se declara impedido por cosa juzgada de una causa anterior.
María Elena Cortesi Zanetti, socia con 20% de participación en Sociedad Forestal y Maderera del Este Limitada, reclama liquidaciones 749-752 de agosto 2016 que determinan diferencias de IGC y reintegro del artículo 97 por años 2013-2014, por $26.298.771 más reajustes e intereses. Estas liquidaciones provienen de liquidaciones previas a la sociedad (581-612) donde se rechazó crédito fiscal de IVA de proveedores Forestal Madenor Limitada y Mario Vicente Marcich Kusanovic. La sociedad ya había reclamado esas liquidaciones en causa Rol · solo Pro, resuelta el 2 de diciembre 2016.
El tribunal analiza que las liquidaciones reclamadas son consecuencia directa de las liquidaciones 581-612 emitidas a la sociedad, cuyo reclamo ya fue resuelto en causa Rol · solo Pro con sentencia que confirmó el rechazo del crédito fiscal por no acreditarse efectividad de operaciones de los proveedores. La documentación acompañada por la reclamante (formularios 29, comprobantes y cheques) es idéntica a la analizada en la causa anterior. El tribunal se declara impedido de resolver por efectos de cosa juzgada y desasimiento, ya que volver a conocer de estos hechos alteraría el efecto nor
Se rechaza en todas sus partes el reclamo de María Elena Cortesi Zanetti y se confirman las Liquidaciones números 749 a 752 de 30 de agosto 2016. No se condena en costas por estimarse motivo plausible para litigar.
Temuco, doce de septiembre de dos mil diecisiete. -
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña MARIA ELENA CORTESI ZANETTI , cédula de identidad N° 7.605.349-9, socia de empresa, domiciliada para estos efectos en calle Arturo Prat N° 847, oficina N° 801 de la ciudad de Temuco, quién viene en deducir reclamo en contra de las Liquidaciones N° 749 a 752, ambas inclusive, de 30 de agosto de 2016, emitidas por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos , las que determinan diferencias de Impuesto Global
Complementario y Reintegro del artículo 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta de los años tributarios 2013 y 2014, por la suma de $26.298.771.- más reajustes, interés y multas; las que provienen, a su turno, de las diferencias de Impuesto a la Renta de P rimera Categoría que afectan a la Sociedad Forestal y Maderera del Este Limitada, de la cual la contribuyente reclamante es socia . Funda su reclamo en los argumentos y fundamentos que a continuación se exponen: 1.- Manifiesta que el origen de las liquidaciones que en estos autos reclama proviene de las Liquidaciones practicadas a Sociedad Agroforestal y Maderera del Este Limitada, de la cual la contribuyente es so cia con un 20% de participación. Mediante dichas liquidaciones el Servicio de Impuestos Internos rechazó el crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado utilizado por la referida sociedad, actos que fueron reclamados ante este Tribunal Tributario y Aduanero de la Araucanía en causa RIT GR -08-00078-2015. En consecuencia, se le determinan diferencias de Impuesto Global Complementario en su calidad de socia. 2.- Indica que los proveedores de Sociedad Forestal y Maderera del Este Limitada, de los cuales se observó el crédito fiscal IVA corresponden a Forestal Madenor Limitada y Mario Vicente Marcic Kusa novic, señalando al efecto, que las facturas emitidas por dichos proveedores cumplen con todos los requisitos que establece el artículo 23 N° 5 inciso cuarto del D.L.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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