Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
ETIPRESS S.A con SII
Fecha: 19-10-2017 · Materia: Liquidación · Juez: Óscar Meriño Maturana
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de ETIPRESS S.A. contra liquidaciones de diferencia de impuesto de Primera Categoría por AT 2011, confirmando que contribuyente no acreditó fehacientemente la pérdida tributaria declarada ni la procedencia de devoluciones de PPUA y PPM.
ETIPRESS S.A., contribuyente de primera categoría, presentó declaración de renta AT 2011 (9 mayo 2011) declarando pérdida tributaria de $500.958.871 y solicitando devolución de $34.894.015 por PPUA ($19.490.776) y PPM ($15.403.239). SII notificó Citación N°7 (10 marzo 2014) solicitando documentación de respaldo. Al no responder, emitió Liquidaciones N°163 y 164 (29 julio 2014) determinando diferencia de impuesto a pagar de $107.801.123 más reajustes e intereses, rechazando la pérdida tributaria declarada.
El tribunal concluyó que la reclamante no acreditó fehacientemente los requisitos legales para la pérdida tributaria conforme arts. 29-33 LIR. Aunque presentó libros contables básicos (Balance, Mayor, Diario, Remuneraciones), no aportó respaldos documentales de gastos ni justificó deducciones específicas. El tribunal reconoció que la propia contribuyente admitió errores en su declaración original y solicitó rectificación, pero esta insuficiencia probatoria impide acreditar que la pérdida está bien determinada. Para devoluciones (PPUA y PPM), arts. 31 N°3 y 97 LIR exigen pérdida acreditada; al
No ha lugar al reclamo. Se confirman Liquidaciones N°163 y 164 (29 julio 2014). Sin condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
UN X_A
SEGUNDO TRIBUNAI
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A DIECINUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL
DIECISIETE.
VISTOS:
El escrito de fecha 18 de noviembre de 2014, rolante a fojas 1 a 14 de autos, presentado por don JUAN ENRIQUE OLATE AREVALO, RUT
N*8.351.602-5, en representación de la empresa ETIPRESS S.A., RUT
N*83.372.700-1, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Volcán Lascar N*760, camino lo Boza, comuna de Pudahuel, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Liquidación N*163 y 164, de fecha 29 de julio de 2014, emitidas por el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SIT), mediante las cuales se determinó para el Año Tributario (en adelante AT) 2011, una diferencia de impuestos a pagar, más reajustes e intereses, ascendente a la suma de $107.801.123.- (ciento siete millones ochocientos un mil ciento veintitrés pesos), fundado en que el contribuyente no aportó antecedentes que permitieran acreditar fehacientemente la perdida tributaria declarada para el AT controvertido, razón por la cual se tasó conforme al artículo 35 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (en adelante LIR).
En su reclamo el contribuyente sostiene, en síntesis, que a consecuencia de una confusa situación que data del 10 de marzo de 2014, el SII realiza una liberación de fondos solicitado mediante Formulario 22 (en adelante F22) en su Declaración Anual de la Renta para el AT 2011 por un valor total de $34.894.015.-, del cual $19.490.776.- corresponden a concepto por Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (en adelante PPUA) y $15.403.239.- por Pagos Provisionales Mensuales (en adelante PPM), por lo que consideró que la fiscalización había concluido, siendo ésta eximida de aportar la documentación solicitada a través la Citación N*7 de fecha 14 de Abril de 2014, lo que finalizó en una inasistencia por parte de la reclamante, MS
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.