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Tribunal · solo Pro
NASUR ALLEL con SII
Fecha: 25-10-2017 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de contribuyente contra liquidaciones por renta 2012, confirmando aplicación de tasación por falta de documentación sustentadora de gastos y pérdidas tributarias.
Miguel Nasur Allel, empresario rentista de capitales inmobiliarios, reclamó contra liquidaciones N° 320-323 de agosto 2015 que le imputaban deuda de $656.676.433 por renta de primera categoría, reintegros y global complementario año 2012. El SII cuestionó tres conceptos: improcedencia de pérdida tributaria no acreditada fehacientemente, deducción indebida de gastos no documentados, y gastos rechazados sin comprobación. El contribuyente alegó que los ingresos declarados en formulario 22 no fueron objetados, por lo que solo debería aplicarse artículo 31 LIR sobre gastos, no tasación del artículo
El tribunal confirmó que la reclamación carece de fundamento. Aunque el contribuyente aportó libros de contabilidad (inventarios, balance y contabilidad americana), no presentó documentación sustentadora de los asientos registrados, incumpliendo exigencia del artículo 21 Código Tributario sobre conservación de documentación correspondiente. La Corte Suprema ha establecido que no basta asiento contable sin respaldo documental para otorgar carácter de fidedigna a la contabilidad. Sin documentos sustentatorios, no pudo acreditarse la pérdida tributaria ni validarse los gastos cuestionados. Al no
Se rechaza en todas sus partes la reclamación tributaria. Se confirman las liquidaciones N° 320 a 323 de 28.08.2015 emitidas por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS. Se condena en costas al contribuyente por no tener motivo plausible para litigar.
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“MIGUEL NASUR ALLEL CON SII, DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA
SANTIAGO CENTRO”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
Santiago, veinticinco de octubre de dos mil diecisiete.
VISTOS:
A fojas 1 comparece don Rodrigo Sánchez Carvajal, RUT 8.437.275 -7, abogado, domiciliado en calle Amunátegui 277, oficina 600, Santiago, en representación convencional y como mandatario judicial de don Miguel Nasur Allel, chileno, empresario, Rol Único Tributario y Cédula de Identidad número 3.632.005 -2, del giro Rentista de Capitales Inmobiliarios, domiciliado en calle Monjitas 454, departamento 406, Santiago, Región Metropolitana, quien de conformidad a los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamación en contra de las Liquidaciones N° 320 a 323, de 28 de agosto de 2015, actuación emanada de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos, y en cuya virtud el Servicio consideró que la reclamante adeudaba a la fecha señalada:
a) La cantidad de $1 75.390.521 por concepto de Renta de 1a Categoría del D.L. 834, de 1974, correspondiente al período tributario 2012;
b) La cantidad de $16.678.856, por concepto de Reintegro del artículo 97 de la Ley de la Renta, correspondiente al período tributario 2012;
e) La cantidad de $167.861.937 por concepto de Global Complementario, correspondiente al período tributario 2012; y d) La cantidad de $1.684.080, por concepto de Reintegro del artículo 97 de la Ley de la Renta, correspondiente al período tributario 2012;
Todo más los reajustes e intereses legales, lo que arroja un total adeudado que asciende a la misma fecha señalada a la suma de $ 656.676.433.
Argumenta que las liquidaciones anotadas determinaron tres conceptos esenciales en cuya virtud se estimó cabía sancionar al contribuyente en el ámbito tributario. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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