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Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 29-11-2017 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
RECHAZA
Se condena a contribuyente por facilitar maliciosamente treinta boletas de honorarios falsas entre 2012 y 2016, permitiendo delitos tributarios de receptoras, aplicándose multa de 20 UTA.
Liliana Jimena Espinoza Álvarez facilitó treinta boletas de honorarios a cuatro contribuyentes distintos (Cristian Warner Comunicaciones E.I.R.L., Cono Sur Research SPA, Partido Progresista y Fundación Progresa) entre los años tributarios 2012 a 2016, consignando servicios que no prestó. Estos documentos fueron contabilizados y agregados a declaraciones de renta de las sociedades receptoras. La denunciada manifestó que trabajaba bajo instrucciones de terceros en una oficina de contabilidad, pero reconoció haber emitido también boletas de su hija.
El tribunal estableció que la infracción del artículo 97 N°4 inciso final requiere copulativamente: (1) confeccionar o facilitar documentos tributarios falsos, (2) con objeto de cometer o posibilitar delitos tributarios, y (3) actuar maliciosamente. Se probó que las boletas adolecen de falsedad ideológica sin respaldo de servicios. Respecto del dolo administrativo, la jurisprudencia de Cortes Superiores exige solo que el acto sea consciente y voluntario, a sabiendas de la falsedad. La multiplicidad de períodos demuestra práctica deliberada, no error aislado. Se consideraron dos atenuantes (sin
Se confirma el Acta Denuncia N°11 de 19.07.17 y se aplica multa de veinte (20) unidades tributarias anuales (equivalentes a $11.206.080) a Liliana Jimena Espinoza Álvarez por infracción al artículo 97 N°4 inciso final del Código Tributario.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RIT:Rol · solo Pro.
RUC: Rol · solo Pro.
Providencia, a veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete.
VISTOS:
A fs. 3 a 6 , Acta Denuncia N°11, de 19.07.17 , emitida por la XV DIRECCIÓN
REGIONAL METROPOLITA NA SANTIAGO ORIENTE DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , en relación a la contribuyente doña LILIANA JIMENA
ESPINOZA ÁLVAREZ, RUT. N° 9.746.261-5, con giro: “Otras Actividades de Servicios Personales No Clasificadas Previamente”; domiciliada en calle H olanda N°2354, departamento N° 504, comuna de Providencia, Región Metropolitana, por infracción al artículo 97 N°4, inciso final del Código Tributario.
Rolan en autos, A fs. 1 a 2, Comprobante de distribución de causa; Notificación N°1128 , de 19.07.17 emitida por el SII.
A fs. 3 a 8, Acta de Denuncia N°06, de 19.07.17; Oficio Res. DDJ00.00 N°462, de 27.07.17.
A fs. 9 a 13, Formula descargos la denunciada.
A fs. 14 a 15 , resolución del Tribunal que provee el Acta Denuncia, tiene por formulados los descargos y testimonio de su notificación.
A fs. 16 a 72, escrito de la denunciante, asume representación, acompaña documentos, patrocinio y poder, forma de notificación y téngase presente.
A fs. 73 a 75, escrito de la denunciante de se tenga presente, evacúa traslado, medios de prueba y delega poder.
A fs. 76 a 77, resolución del Tribunal que provee los anteriores escritos y testimonio de su notificación.
A fs. 78 a 80, Oficio N° 225-2017, de fecha 21.09.17, remitido al Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos y su comprobante de envío.
A fs. 81 a 82, resolución del Tribunal y testimonio de su notificación.
A fs. 83 a 84, Respuesta a Oficio N° 225-2017, mediante Of. Ord N° 2294 de fecha 20.11.17, resolución del Tribunal y testimonio de su notificación.
A fs. 88 a 87, resolución del Tribunal y testimonio de su notificación.
A fs. 88, Certificado del Sr. Secretario Titular del Tribunal.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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