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Tribunal · solo Pro
SII con SERVICIOS FORESTALES ISA SPA.
Fecha: 04-12-2017 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA Ha Lugar
Se condena a Servicios Forestales ISA S.p.A. por infracciones tributarias consistentes en aumento malicioso de crédito fiscal de IVA sin documentación de respaldo y subdeclaración de débito fiscal en períodos enero-febrero 2016.
La contribuyente Servicios Forestales ISA S.p.A. registró en enero de 2016 tres facturas en su libro de compras por $26.175.000 netos e IVA de $4.973.250, sin identificar proveedores y con nota "falta documento". En febrero de 2016, declaró crédito fiscal de $2.456.360 en formulario 29 por 7 facturas, pero su libro de compras no registraba facturas de proveedores. Además, declaró débito fiscal de $2.649.360 en 6 facturas, cuando realmente emitió 6 facturas por $44.000.800 netos e IVA $8.360.152. El perjuicio fiscal ascendía a $13.445.564.
El Tribunal constató que los antecedentes recopilados (folios de libros de compras-ventas y formularios 29) acreditaban falsedad en las declaraciones. La contribuyente aumentó maliciosamente créditos fiscales de IVA registrando facturas sin respaldo documentario, con discrepancias entre declaraciones formales y registros contables. La conducta fue dolosa, pues la denunciada omitió rectificar sus declaraciones pese a ser legalmente emplazada, demostrando propósito de defraudar. Se aplicó artículo 97 N°4 del CT (ambos incisos): inciso 1° por declaraciones incompletas/falsas; inciso 2° por aument
Se confirmó el Acta de Denuncia N°1/2017 y se condenó a la contribuyente al pago de multa de $1.895.689 (equivalente al 100% de impuestos evadidos) por infracciones en artículo 97 N°4 incisos 1° y 2° del CT. Se condenó en costas.
Temuco, cuatro de diciembre de dos mil diecisiete. -
VISTOS:
1.- A fojas 1, rola acta de denuncia Nº 1/2017, cursada por el Servicio de Impuestos Internos el 19 de enero de 2017 y notificada por cédula el 24 de enero del mismo año a la contribuyente SERVICIOS FORESTALES ISA S.p.A., RUT 76.564.701-0, con giro de servicios forestales y alquiler de maquinaria, representada legalmente por don Patricio Alfonso Cocio Catalán, cedula de identidad N° 17.512.559-0, ambos domiciliados en Pasaje Arrayan N° 441, departamento N° 517, de la ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, por su responsabilidad en la comisión de las infracciones descritas y sancionadas en el artículo 97 N° 4, incisos primero y segundo del Código Tributario, configuradas por el aumento malicioso del crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado que tenía derecho hacer valer y la subdeclaración del débito fiscal del mismo impuesto, efectuando declaraciones maliciosamente incompletas o falsas. 2.- Expone la denunciante que como resultado de un proceso de recopilación de antecedentes realizado a la contribuyente por el Servicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 N° 10 del Código Tributario, y según consta en informe de recopilación de antecedentes N° 37 de fecha 11 de octubre de 2016 elaborado por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, se detectaron las siguientes irregularidades:
a) Aumento indebido del crédito fiscal IVA sustentado en anotaciones falsas: Indica que la contribuyente registró tres anotaciones en su libro de compras sin respaldo documentario, según el siguiente detalle:
VALOR NETO IVA FOLIO LIBRO COMPRAS PERÍODO $ 9.750.000 $1.852.500 1 Enero 2016 $13.475.000 $2.560.250 1 Enero 2016 $ 2.950.000 $ 560.500 1 Enero 2016
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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