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Tribunal · solo Pro
ENCOFRADOS CEC LIMITADA con SII
Fecha: 07-12-2017 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Encofrados CEC Ltda. contra liquidaciones del SII por diferencias de IVA y renta, confirmando la utilización de 41 facturas falsas de múltiples proveedores que no acreditó efectivamente.
Encofrados CEC Limitada fue fiscalizada por el SII en junio 2015. Durante la auditoría se detectaron diferencias de impuestos amparadas en gastos no necesarios para producir renta y registro de 41 facturas falsas de 10 proveedores distintos. El contribuyente no acreditó la efectividad material de las operaciones ni los pagos realizados. Se emitieron citaciones complementarias en octubre y noviembre 2015. El contribuyente respondió argumentando falta de claridad en las imputaciones y que no estaba en condiciones de advertir la falsedad de los documentos.
El tribunal constata que las facturas de proveedores como Dimar Lobos Ltda., Raúl Vega Mansilla, Marcela Riquelme Richet, Francisco Oyarzo, Luis Soto Barría e Inversiones Bellet Ltda., corresponden a dobles juegos que utilizan datos verdaderos para simular realidad. Los presuntos proveedores informaron al SII no conocer al reclamante y que dichas facturas no fueron emitidas por ellos. El tribunal determina que los documentos son material e ideológicamente falsos. El reclamante no aportó documentación para acreditar la procedencia de costos, gastos y depreciaciones, ni demostró la efectividad d
Se rechaza el reclamo y se confirman las Liquidaciones 158 a 179 por diferencias de IVA, Impuesto Primera Categoría y reintegro del artículo 97 LIR. Se condena en costas al reclamante por haber sido totalmente vencido en la causa.
Temuco, siete de diciembre de dos mil diecisiete. -
VISTOS:
A fojas 1, comparece don VICTOR HUGO SAGREDO SAGREDO , abogado, cédula de identidad N° 11.353.581-4, domiciliado en calle Bulnes N° 699, oficina N° 303, Temuco, en representación de la contribuyente ENCOFRADOS CEC
LIMITADA, RUT 76.135.401-9, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por don Javier Cristian Castro Gajardo, cédula de identidad N° 8.623.196-4, ambos domiciliados en kilómetro N°11, Lote N°4, camino Temuco a Labranza, comuna de Temuco, quién viene en deducir reclamo en contra de las Liquidaciones números 158 a 179, emitidas por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos con fecha 22 de abril de 2016, mediante las cuales se determinan diferencias de Impuesto al Valor Agregado (IVA) de los períodos tributarios de octubre, noviembre y diciembre del año 2012; febrero, marzo, abril, junio, julio, octubre, noviembre y diciembre del año 2013; enero, febrero, marzo, abril, julio, septiembre, octubre y diciembre del año 2014; Impuesto de Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta de los años tributarios 2013 y 2015; y reintegro del artículo 97 del mismo cuerpo legal del año tributario 2014, por la suma total de $ 115.202.779.- más reajustes, intereses y multas , conforme los argumentos de hecho y de derecho que a continuación se resumen: 1.- Manifiesta que con fecha 25 de junio del año 2015 el Servicio de Impuestos Internos le efectuó un requerimiento formal de revisión y auditoría a su representada, solicitándole documentación tributaria que aportó en tiempo y forma.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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