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Tribunal · solo Pro
SII con Sociedad Comercial de Espectáculos Rodríguez Ltda.
Fecha: 03-01-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal acoge denuncia por infracción art. 97 N°4 CT: contribuyente registró maliciosamente 8 facturas falsas para aumentar crédito fiscal IVA, defraudando $85.038.735. Condena a multa del 100% del monto defraudado.
Sociedad Comercial de Espectáculos Rodríguez Ltda. (RUT 76.436.225-K), giro cabaret, registró en su Libro de Compras entre julio 2015 y enero 2016, ocho facturas falsas de cuatro supuestos proveedores: Georgina Vargas Marchant (5 facturas), Maryoni Ximene Platero Lima (1 factura), Iluminación y Obras Menores Juan Barriga Núñez EIRL (1 factura) y Revello y Cía. Ltda. (1 factura). Utilizó los créditos fiscales IVA recargados en dichas facturas en sus declaraciones mensuales F-29, deduciendo costos improcedentes en el cálculo de renta. La denunciada aceptó no controvertir el fondo en descargos, p
El tribunal analiza pormenorizadamente cada elemento del tipo infraccional: (1) La denunciada es contribuyente afecto a IVA, acreditado por libros, declaraciones F-29 y testimonial; (2) Las ocho facturas son efectivamente falsas, verificadas mediante comparación con duplicados SII, libros de proveedores y declaraciones juradas de emisores que niegan conocer a la denunciada, evidenciando diferencias sustanciales en montos, fechas, clientes y pie de imprenta; (3) La denunciada registró estas facturas falsas en su Libro Resumen Diario, aumentando crédito fiscal IVA entre 40% y 86% en períodos res
Acoge denuncia por infracción art. 97 N°4 inciso 2° CT. Aplica a Sociedad Comercial de Espectáculos Rodríguez Ltda. multa del 100% de impuestos defraudados: $85.038.735 (IVA $29.414.271 + Renta $55.624.464 reajustados). No condena en costas por existencia de motivo plausible para litigar.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
DENUNCIANTE : Servicio de Impuestos Internos.
DENUNCIADO : Sociedad Comercial de Espectáculos Rodríguez Ltda.
MATERIA : Procedimiento General para Aplicación de Sanciones.
Antofagasta, a tres días del mes de enero de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas 1 y siguientes , rola Acta de Denuncia N°0 1, de fecha 31 de julio de 2017, notificada por cédula con igual fecha, al contribuyente Sociedad Comercial de E spectáculos Rodríguez Ltda., Rol Único Tributario N°76. 436.225-K, del giro restaurante, discoteca, cabaret, salas de baile y similares; representada legalmente por don Ricardo Rojas Garay, cédula nacional de identidad N° 14.429.389-4, ambos con domicilio en calle Granaderos N°3063, Calama. Mediante dicha acta, se efectúa denuncia por haber incurrido la notificada en el ilícito previsto y sancionado en el artículo 97 N°4 inciso 2° del Código Tributario , fundada en que la denunciada procedió a registrar en su libro de compra s, timbrado por el Servicio de Impuestos Internos con fecha 17 de junio del año 2015, 8 facturas falsas, de 4 supuestos proveedores, utilizando el crédito recargado en ellas , en sus declaraciones mensuales de Impuesto al Valor Agregado y, consecuencialmente deduciendo costos y/o gastos en la determinación de la Renta Líquida Imponible del Impuesto a la Renta de Primera Categoría en los años tributarios 2016 y 2017.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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