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Tribunal · solo Pro
SII con R Y C CLIMATIZACION SPA
Fecha: 04-01-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Tribunal anula acta de denuncia al contribuyente por uso de facturas falsas al estimar que el SII no probó malicia requerida en art. 97 N°4 CT.
El SII denunció a R&C Climatización SpA por registrar 11 facturas materialmente falsas de dos proveedores (clonadas y emitidas a otros contribuyentes con montos diferentes) y 18 facturas ideológicamente falsas entre noviembre 2013 y octubre 2016, utilizadas para aumentar créditos fiscales en IVA y declarar costos en impuesto a la renta de años 2014-2016. El contribuyente rectificó voluntariamente sus declaraciones eliminando los créditos fiscales por $5.509.798.
El tribunal analiza extensamente el concepto de malicia exigida por art. 97 N°4 CT, concluyendo que requiere dolo directo específico de defraudar al Fisco, no presumible y que debe probarse. Respecto a facturas materialmente falsas, estima que quien actuó maliciosamente fueron los proveedores al clonarlas, no la contribuyente, quien no podía impedir usos posteriores de sus proveedores. Para facturas ideológicamente falsas, rechaza que el incumplimiento de requisitos art. 23 Ley IVA constituya por sí malicia, ni que 18 facturas en 36 meses configuren reiteración relevante. Critica al SII por pr
Se deja sin efecto el Acta de Denuncia N°15 de 6 de septiembre de 2017. No se condena en costas por no existir defensa.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS;C
CLIMATIZACIÓN SPA”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
Santiago, cuatro de enero de dos mil dieciocho.
I. VISTOS. Contenido y Diligencias del Proceso.
Uno. A fojas 1 el 21 de septiembre de 2017, el Servicio de Impuestos Internos , Dirección Regional Santiago Poniente , mediante su Director Regional, Claudio
Rodríguez, González, interpone acta de denuncia N° 15 de 6 de septiembre de 2017, dictada por el funcionario don Andrés González Sierra, cédula de identidad N° 7.893.851 -8, en contra de la contribuyente R&C CLIMATIZAC IÓN SpA, RUT N° 76.276.756 -2, representada por don Rodrigo Hernán Galdámez Irribarra, cédula de identidad N° 12.880.894-9, ambos domiciliados en José Abelardo Núñez N° 3002, Maipú, en adelante R&C, la contribuyente o la denunciada.
Dos. A fojas 4 consta la notificación del acta de denuncia.
Tres. A fojas 5 consta el Acta de Denuncia.
Cuatro. De fojas 21 en adelante se encuentran los documentos acompañados por el Servicio.
Cinco. El 22 de septiembre de 2017 a fojas 130, el Tribunal tiene por recibida el acta. Seis. El 4 de octubre de 2017 a fojas 132, el Servicio asume representación en la causa. Siete. El 13 de octubre de 2017 a fojas 135, el Tribunal certifica que la contribuyente denunciada no ha efectuado sus descargos ante este Tribunal.
Ocho. El 3 de enero de 2018 a fojas 138, el Tribunal resuelve Autos para Fallo. II. FASE DE DISCUSIÓN
A. Procedimiento de fiscalización
En el procedimiento de rectificación de la De claración Mensual y Pago Simultáneo Formulario 29 de los períodos de noviembre y diciembre del año 2015, y enero del 2016 de la contribuyente, se detectó que algunas facturas de proveedores registradas en los libros de compras del contribuyente auditado estaban registradas por otros contribuyentes. Los períodos tributarios involucrados son los siguiente:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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