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Tribunal · solo Pro
SII con FUENZALIDA AGUIRRE
Fecha: 04-01-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a contribuyente por presentar declaraciones maliciosamente falsas registrando boletas de honorarios ideológicamente falsas para disminuir base imponible en años 2012-2014.
Patricio Fuenzalida Aguirre, agente de aduanas, registró en su contabilidad boletas de honorarios emitidas por Marlene Schlenkert Salinas (cónyuge) y Rocío Mendoza Schlenkert (hija) como gastos deducibles, pese a que quien efectivamente prestaba servicios era Sergio Mendoza Lira. Los servicios fueron pagados a través de boletas de familiares de Mendoza que no prestaron servicios reales. Esta práctica se repitió en años tributarios 2012, 2013 y 2014, permitiendo rebajar fraudulentamente la base imponible del Impuesto a la Renta.
El tribunal estableció que Fuenzalida Aguirre realizó maquinaciones con ánimo preconcebido de eludir impuestos mediante presentación de declaraciones maliciosamente falsas. Se probó que contabilizó indebidamente gastos por boletas de honorarios de servicios no prestados efectivamente. Respecto a atenuantes y agravantes (artículo 107 CT), se consideró como agravante su reincidencia y alto grado de cultura por su profesión, así como conocimiento de obligaciones legales. Como atenuante se consideró la rectificación de declaraciones y colaboración prestada. La conducta constituye infracción típica
Acogida la denuncia. Se condena a Patricio Fuenzalida Aguirre al pago de multa de $12.845.804 equivalente al 100% del perjuicio fiscal. Se ordena emisión del giro de multa una vez ejecutoriada la sentencia.
1
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO CENTRO con PATRICIO FUENZALIDA AGUIRRE”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Santiago, cuatro de enero de dos mil dieciocho.
VISTOS
Que, a fojas 3 y siguientes consta acta de denuncia N°07 de fecha 23 de septiembre de 2016, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio Impuestos Internos (en adelante “Servicio “), en contra de PATRICIO FUENZALIDA AGUIRRE, RUT N°10.687.343 -7, ingeniero comercial y agente de aduanas, cuyo giro es de agencia de aduanas, actividades de asesoramiento empresarial en materia de gestión, con domicilio para estos efectos en calle Matías Cousiño N°64, oficina N°201,Comuna y Ciudad de Santiago por haber incurrido en infracción al artículo 97 N°4 incisos primero del Código Tributario, consistente en presentar declaraciones maliciosamente falsas en los años tributarios 2012, 2013 y 2014 alterando la realidad de las operaciones realizadas durante esos periodos al disminuir la base imponible del Impuesto a la Renta, registrando como gasto boletas que son ideológicamente falsas, disminuyendo de esta forma el Impuesto a la Renta que debía enterrar en arcas fiscales.
II. ORIGEN DE LOS ANTECEDENTES.
1. Descripción. -
El acta comienza señalando que mediante Memo N°106 de fecha 09.03.2015, recibido por el departamento Jurídico de la Dirección Regional Metropolitana de Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos, informa haber recibido resolución N° 44 de fecha 24.02.2015 del jefe del Departamento de Delitos Tributarios, la que señala como antecedente el Oficio N°1898-2014 del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en donde se acompaña copia de la demanda laboral, contestación de la misma sentencia y registro de audio de las audiencias de juicio de la causa.
Se señala que dentro de los antecedentes acompañados se determinan ciertas irregularidades, entre las cuales se puede establecer: 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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