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Tribunal · solo Pro
SII con MUÑOZ LINEROS
Fecha: 04-01-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
ACOGE Ha Lugar
Se rechaza denuncia por intento de obtener devolución indebida de impuestos (art. 97 N°4 inciso 3° CT) porque la devolución fue observada y no se materializó el perjuicio fiscal.
Sebastián Alexis Muñoz Lineros, diseñador gráfico (segunda categoría), presentó declaración de renta 2015 incluyendo dolosamente créditos por activos fijos y otros códigos propios de primera categoría, solicitando devolución de $2.424.582. El Servicio observó la devolución. Posteriormente rectificó su declaración dejándola en cero. El Servicio dedujo acción por infracción al art. 97 N°4 inciso 3° CT. El contribuyente no presentó descargos.
El tribunal analiza que aunque el contribuyente realizó maniobras dolosas para obtener devoluciones indebidas, el elemento esencial del tipo (obtención efectiva) no se configuró porque la devolución fue observada por el SII y nunca llegó al patrimonio del contribuyente. Examina el vocablo 'obtuviere' como requisito copulativo del delito, concluyendo que sin materialización de la devolución la infracción queda en grado frustrado. Valora la declaración jurada del imputado como atenuante por cooperación. Aplica principios de derecho administrativo sancionador, especialmente culpabilidad, presunci
Se rechaza el Acta de Denuncia N° 03 por no acreditarse perjuicio fiscal materializado, toda vez que el imputado no obtuvo la devolución pretendida al ser observada, por lo cual ésta nunca llegó al patrimonio del contribuyente.
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“SERVICIOS DE IMPUES TOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONA L
METROPOLITANA SANTIAGO CENTRO CON SEBASTIÁN ALEXIS MUÑOZ
LINEROS”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
Santiago, a cuatro de enero de dos mil dieciocho.
VISTOS:
Que, a fs. 4 y siguientes consta el Acta de Denuncia N° 03 de fecha 20 de abril de 2016, realizada por la XIII Dirección Regional Santiago Centro del Servicio Impuestos Internos (en adelante, “Denunciante” o El Servicio”), en contra de don SEBASTIÁN ALEXIS MUÑOZ LINEROS, RUT N°15.948.428-9, con domicilio para estos efectos en calle Carmen N°418, departamento 909, Comuna y Ciudad de Santiago, cuyo giro es diseñador gráfico, por haber incurrido en la infracción al artículo 97 N°4 inciso 3 del Código Tributario, por los siguientes antecedentes que procede a exponer.
II. CONDUCTA CONSTITUTIVA DE LA INFRACCIÓN. -
HECHOS. –
Se indica que, el Informe de Recopilación de Antecedentes N° 231 -4 de fecha 31.08.2015 suscrito por el Departamento de Fiscalización de Personas y Micro - Pequeña Empresas del Servicio Impuestos Internos, da cuenta de las irregularidades detectadas a la SEBASTIAN ALEXIS MUÑOZ LINEROS RUT Nº 1 5.948.428-9, con domicilio en Carmen 418, departamento 909, comuna de Santiago.
Se señala que, el contribuyente tiene inicio de actividades con fecha 16.11.2007, con giro de Diseñador Gráfico. La referida actividad y las actividades que del ejercicio de ella perciba se clasifican en el artículo 42 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, dado que se trata de ingresos provenientes del ejercicio de profesiones liberales.
Considerando lo anteriormente dispuesto , el contribuyente en calidad de profesional independientes debe declarar pagos provisionales mensuales (PPM), de conformidad al Art. 84 letra b de la Ley sobre Impuesto a la Renta
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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