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Tribunal · solo Pro
FARIAS GONZALEZ con SII
Fecha: 24-01-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra liquidación por $474 millones en inversiones sin justificación de origen de fondos, confirmando presunción de rentas no acreditadas.
María Paz Farías González, secretaria ejecutiva, reclama liquidación de 21 de marzo de 2016 por inversiones en bienes raíces, vehículos, fondos mutuos y moneda extranjera por $474.247.697. El SII requirió justificación de origen de fondos. La reclamante alega haber obtenido dineros por venta de mobiliario ($15 millones), tenencia fiduciaria de fondos de tercero ($250 millones) e inversión en promesa de compraventa ($50 millones). Presenta solo dos testigos y declaración jurada sin documentación bancaria o contable.
El tribunal aplica artículo 70 LIR que presume rentas no acreditadas. Determina que la reclamante no probó fehacientemente el origen de fondos con testigos parciales, imprecisos y sin documentación. Señala que movimientos alegadamente bancarios carecen de especificación y contradice testimonio de Fraser sobre dinero en efectivo. Cita jurisprudencia Corte Apelaciones (Rol 65-2015) sobre máxima de experiencia: sumas millonarias sin causa justificada contradicen sentido común. Rechaza argumento de plazo artículo 59 CT por falta de certificado fiscalizador. Declara incompetencia para pronunciarse
No ha lugar al reclamo. Se confirma Liquidación 314109000269 de 21 de marzo de 2016. Se condena en costas a la reclamante por falta de motivo plausible para litigar.
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“FARÍAS GONZALEZ CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN
REGIONAL SANTIAGO PONIENTE”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Santiago, veinticuatro de enero de dos mil dieciocho.
I. VISTOS. Contenido y Diligencias del Proceso.
Uno. A fojas 1 el 8 de julio de 2016, MARÍA PAZ FARÍAS GONZÁLEZ , secretaria ejecutiva, cédula de Identidad N° 14.448.820 -2, con domicilio en Hermanos Wright 183, Maipú, representada en estos autos por doña Alejandra Pérez Andueza , cédula de identidad N° 8.454.346-2, con domicilio en Catedral N° 1009 oficina 604, Santiago , en adelante la contribuyente o la reclamante, reclama en contra de los siguientes actos administrativos del Servicio de Impuestos Internos (en adelante el Servicio, la Administración o el reclamado):
Liquidación 314109000269 de 21 de marzo de 2016 de la Dirección Regional Santiago Poniente.
Dos. El 19 de julio de 2016 a fojas 17 la reclamante complementa el reclamo.
Tres. El 19 de agosto de 2016 a fojas 24, el Servicio responde el reclamo.
Cuatro. El 30 de marzo de 2017 a fojas 38, se recibe la causa a prueba, la cual, luego de los recursos de reposición de las partes, rechazados y la confirmación de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, es del siguiente tenor:
Acredítese el origen de los fondos con que la reclamante efectuó inversiones por el monto de $315 millones.
Cinco. El 23 de mayo de 2017 a fojas 68 se realiza la audiencia testimonial.
Seis. El 7 de marzo de 2017 a fojas 396, el Servicio presenta consideraciones para que el Tribunal tenga presente al momento de fallar.
Siete. El 23 de enero de 2018 a fojas 92, el Tribunal resuelve Autos para Fallo. II. FASE DE DISCUSIÓN.
A. Reclamo.
a) Aplicación del artículo 59 del Código Tributario
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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