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Tribunal · solo Pro
ZIROTTI KEHR con SII
Fecha: 25-01-2018 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidación de IVA por abril 2015: rechaza crédito fiscal en facturas de Forestal Maderera Lanín por falta de acreditación de operaciones, pero elimina débito fiscal subdeclarado por insuficiencia de prueba.
Marcelo Andrés Zirotti Kehr, agricultor, impugna Liquidación N° 422 (julio 2016) del SII que determinó diferencias de IVA por $10.236.250 más reajustes. Rechazó crédito fiscal de tres facturas (262, 263, 264) de Forestal Maderera Lanín Limitada por servicios de cosecha y fletes ($1.539.000, $684.000 y $579.500 de IVA respectivamente), argumentando pago mediante cheques nominales. Además, agregó $7.433.750 por débito fiscal subdeclarado, presumiendo venta de 3.130 quintales de avena no facturados a empresa del reclamante.
El Tribunal estimó que no se acreditó la efectividad material de las operaciones en las tres facturas: los cheques emitidos no fueron depositados en cuenta del supuesto proveedor sino en terceros, fueron reemplazados y cobrados meses después de los servicios. Además, el proveedor declaró sin movimiento abril 2015 e incurrió en inconcurrencia a requerimientos del SII, lo que el reclamante conocía o debió conocer. Respecto del débito subdeclarado, el SII basó la tasación únicamente en declaración jurada del contribuyente y facturas de compra de Anagra S.A., sin acompañar libros de contabilidad n
Se acoge parcialmente el reclamo: se deja sin efecto el agregado de $7.433.750 por débito fiscal subdeclarado, pero se confirma el rechazo del crédito fiscal de las tres facturas de Forestal Maderera Lanín. Sin condena en costas.
Temuco, veinticinco de enero de dos mil dieciocho. -
VISTOS:
A fojas 1, comparece don MARCELO ANDRES ZIROTTI K EHR, agricultor, cédula nacional de identidad N° 7.218.805-5, domiciliado en Fundo Loncovaca , comuna de Vilcun, Región de la Araucanía, qu ién vi ene en deducir reclamo en contra de la Liquidación N° 422, emitida por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos con fecha 4 de julio de 2016 , mediante la cual se determinan diferencias de Impuesto al Valor Agregado del período tributario de abril de 2015, por la suma de $ 10.236.250.- más reajustes, intereses y multas, conforme los argumentos que a continuación se resumen: 1.- Respecto del rechazo del crédito fiscal de Impuesto al Valor Agregado (IVA) contenido en la factura N° 262 , de 3 de abril de 2014 , emitida por Forestal Maderera Lanin Limitada y registrada en el folio 9 de su libro de compra y ventas, indica que ésta es una empresa que dentro de sus actividades contempla la prestación de servicios de alquiler de maquinarias y equipos y transporte de carga, señalando que efectivamente se efectuó la trilla de avena y triticale y se realizaron los fletes del producto a distintos predios que consigna el documento . Expone que dicha factura fue pagada mediante cheque nominativo y cruzado N°6189453, de 12 de mayo de 2015 , por un valor de $9.639.000. - documento que fue girado contra la cuenta corriente del Banco Crédito e Inversiones N°66106834 de Marcelo Andrés Zirotti Kehr Empresa Agrícola Ganadera Forestal, cuyo nombre de fantasía es Agrícola Santa María E.I.R.L. Señala que la factura en referencia fue emitida a su nombre y da cuenta de una trilla de 180 hectáreas de triticale, sin embargo precisa que dicha superficie corresponde a trillas efectuadas en potreros sembrados en conjunto por él , como persona natural , y por su empresa individual de responsabilidad limitada.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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