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Tribunal · solo Pro
BANCO DE CHILE S.A. con SII
Fecha: 26-03-2018 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Banco de Chile reclama liquidaciones por retenciones de impuesto adicional sobre dividendos de Enersis. Tribunal acoge el reclamo, dejando sin efecto las liquidaciones y condenando en costas al SII.
Banco de Chile, como custodio de acciones ADR de Enersis SA, retuvo impuesto adicional sobre dividendos distribuidos en 2011 y 2012 a accionistas no residentes. Posteriormente, al fiscalizarse a Enersis, se determinó un nuevo saldo del Fondo de Utilidades Tributables, disminuyendo el crédito de primera categoría. El SII cobró diferencias de crédito mediante liquidaciones 88-91 de 2015, considerando al Banco como sujeto obligado. El Banco alegó que Enersis ya había restituido el exceso de crédito en sus formularios 22.
El tribunal analiza si el Banco o Enersis es el sujeto obligado a restituir el crédito de primera categoría otorgado en exceso conforme al artículo 74 N°4 de la LIR. Concluye que la obligación recae en la sociedad emisora (Enersis), no en el custodio. Además, la restitución efectuada por Enersis en sus declaraciones de renta extingue la obligación tributaria, pues cualquier persona puede pagar una deuda tributaria ajena. Rechaza la inadmisibilidad probatoria solicitada por el SII por falta de especificidad y determinación en la citación. Condena en costas al SII por vencimiento total.
Ha lugar al reclamo. Se dejan sin efecto las liquidaciones 88-91 de 12 de junio de 2015. Se liquida el monto a devolver al Banco. Se condena en costas al Servicio de Impuestos Internos.
BANCO DE CHILE S.A. con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN
REGIONAL
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Santiago, veintiséis de marzo de dos mil dieciocho.
I. VISTOS. Contenido y Diligencias del Proceso
Uno. A fojas 1 el 1º de junio de 2016 , BANCO DE CHILE , RUT N° 97.004.000-5, representado en estos autos por don Álvaro Puelma Sáenz , cédula de identidad N° 7.034.448-3, con domicilio en Ahumada N° 251, Santiago, mediante el abogado don Juan Manuel Baraona Sainz , cédula de identidad N° 4.607.538-2, domiciliado en Avenida Costanera Sur N° 2730, piso 12, Las Condes, en adelante el contribuyente, el reclamante, el Banco o Banco de Chile, reclama en contra de los siguientes actos administrativos del Servicio de Impuestos Internos (en adelante el Servicio, la Administración o el reclamado): Liquidaciones 88, 89, 90 y 91 de 12 de junio de 2015, de la Dirección de Grandes Contribuyentes.
Dos. El 1º de julio de 2016 a fojas 254, el Servicio responde el reclamo y solicita la inadmisibilidad probatoria de ciertos documentos.
Tres. El 3 de julio de 2017 se recibe la causa a prueba, estableciendo el siguiente punto de prueba:
Acredítese que Enersis SA ha restituido al Fisco los montos que la reclamante indica en el reclamo.
Cuatro. Dicha resolución fue repuesta con apelación en subsidio. El Tribunal no dio lugar a la reposición el 21 de agosto de 2017 a fojas 322 y la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, en la causa Rol 344-2017, confirmó la resolución.
Cinco. El 5 de septiembre de 2017 a fojas 354 se realiza la audiencia testimonial del término probatorio ordinario.
Seis. El 14 de septiembre de 2017 a fojas 404, se realiza la audiencia testimonial del término probatorio especial.
Siete. El 19 de diciembre de 2017 a fojas 409, el Banco presenta consideraciones para que el Tribunal tenga presente.
Ocho. El 19 de marzo de 2018 a fojas 418, el Tribunal resuelve Autos para Fallo. II. FASE DE DISCUSIÓN
A. Reclamo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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