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Tribunal · solo Pro
GEBAUER SILVA con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 10-04-2018 · Materia: Giro · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
RECHAZA No Ha Lugar Revocatorio
Se rechaza reclamación contra giros por impuesto a donación. Tribunal confirma que dineros recibidos en 2013 constituyen donación del padre, no herencia, siendo exigible el impuesto correspondiente.
Nora Elizabeth Gebauer Silva, profesora jubilada, recibió en 2013 depósitos a plazo de su padre Leopoldo Gebauer Neumann por aproximadamente $990.668.273, que utilizó para inversiones en 2015. El SII fiscalizó el origen de los fondos, la contribuyente reconoció que provenían de donación de su padre y solicitó el giro del impuesto. Posteriormente alegó que los fondos eran herencia de ambos padres. El SII anuló el primer giro y giró nuevamente distinguiendo parte como donación y parte como herencia.
El Tribunal constató que efectivamente existió donación en 2013, antes del fallecimiento del padre en 2017. Rechazó argumentos sobre presiones indebidas (sin prueba de respaldo), delegación de administración (la contribuyente actuó en nombre propio, no como representante) y ausencia de insinuación (la nulidad debe ser declarada por tribunales ordinarios, no alegarse en controversia tributaria). Confirmó que los impuestos se derivan de la donación materializada en 2013, siendo exigibles recargos desde esa fecha. Desestimó argumento de caducidad por falta de certificación de solicitud de anteced
Se rechaza totalmente las reclamaciones contra Giro N°1405243, Resolución Exenta N°489 y Giros N°1563807 y N°1564705 emitidos por el SII. Se condena en costas a la parte reclamante.
Valdivia, diez de abril de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas uno y siguientes, comparece el señor Germán Aravena Triviño, RUT N° 9.108.074-5, abogado, en representación de la señora Nora Elizabeth Gebauer Silva, RUT N° 3.894.150-K, profesora, ambos domiciliados en García Reyes 496 de Valdivia. Interpone reclamo en contra del Giro N°1405243 del 29 de mayo de 2017 emitido por el Servicio de Impuestos Internos (Servicio) y notificado el 1 de junio del mismo año.
Señala que su representada, profesora jubilada, fue citada el 16 de septiembre de 2016 por el Servicio para justificar el origen de fondos que no guardaban relación con sus rentas. Al concurrir sin asesoría legal, dio cuenta de su patrimonio y en especial de unos depósitos a plazo que provenían de su padre , señor Leopoldo Gebauer Neumann , por un monto aproximado de $990.668.273. Los funcionarios fiscalizadores , mediante hostigamiento y presión consiguieron que su representada solicitara el giro del impuesto por la donación que le habría hecho su padre del monto antes indicado. Por lo anterior, el acto reclamado adolece de vicios esenciales y evidentes que acarrean de pleno derecho su nulidad . El Servicio giró la suma capital de $226.357.009, previo descuento por condonación de intereses y multas, por impuesto a las donaciones, el que fue notificando a su representada el 1 de junio de 2017. Explica que junto al abogado Enrique Sep úlveda Varas se reunieron con diversos funcionarios del Servicio pero que éstos les habrían indicado que la situación tributaria de su representada ya estaba zanjada. Agrega que con fecha 29 de mayo de 2017 procedió a regularizar su situación patrimonial y tributaria de la contribuyente solicitando la ampliación del inventario de bienes hereditarios quedados al fallecimiento de su madre, la que se encontraría en trámite ante el Registro Civil.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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