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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA E INVERSIONES FERPA LIMITADA con SII
Fecha: 16-04-2018 · Materia: Resolución · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
OTRO
Se declara inadmisible reclamación de reavalúos de inmuebles por invocar procedimiento general en lugar del especial de avalúos establecido en artículo 149 del Código Tributario.
Inmobiliaria e Inversiones Ferpa Limitada reclama reavalúos de cuatro inmuebles (roles 5310-99 Talcahuano, 1402-02 Penco, 7016-20 y 7016-21 Coronel) efectuados por Resolución Exenta 128 de 29 de diciembre de 2017 del SII. Invoca nulidad de derecho público de dicha resolución. Inicialmente presenta demanda bajo procedimiento general de reclamaciones, luego aclara que reclama las resoluciones que fijan nuevo avalúo a partir del 1 de enero de 2018.
El tribunal determina que lo reclamado son avalúos particulares asignados en una tasación general de bienes raíces. El procedimiento aplicable es el especial del artículo 149 del Código Tributario, no el general de reclamaciones. El artículo 149 limita las causales de reclamo a cuatro: errores en determinación de superficie, aplicación errónea de tablas de clasificación, errores de transcripción o cálculo, e inclusión errónea de mayor valor por mejoras. La reclamación que se funde en causal diferente será desechada de plano. El actor no invocó causal alguna del artículo 149, sino la nulidad de
Se declara inadmisible la reclamación promovida respecto de los inmuebles roles 5310-99 Talcahuano, 1402-02 Penco y 7016-20 y 7016-21 Coronel. Se notifica por carta certificada.
Concepción, dieciséis de abril de dos mil dieciocho.
Téngase por cumplido lo ordenado a fojas 66.
Proveyendo derechamente la presentación de fojas 47 y siguientes: A lo principal, estese a lo que se resolverá a continuación. Al primer otrosí, ténganse por acompañados los documentos señalados, con citación. Al segundo otrosí, téngase presente el patrocinio y poder.
VISTOS:
1). Que, en lo principal del escrito de fojas 47 y siguientes, comparece don Jaime Andrés Valenzuela Biscardi , abogado, RUT n.° 9.843.520-4, en representación de Inmobiliaria e Inversiones Ferpa Limitada, RUT n.° 77.932.930-5, con domicilio para estos efectos en calle Angol n.° 436 oficina n.° 405 , de la comuna de Concepción ; quien sostiene “oponerse a los reavalúos” de los inmuebles que individualiza en su presentación, señalando que estos son consecuencia de la Resolución Exenta n .° 128, de 29 de diciembre de 2017, que ordena la retasación fiscal de los inmuebles en Chile, a fin de que este acto sea dejado sin efecto. 2). Que, en su presentación el actor entrega argumentos por los cuales, sostiene, la Resolución Exenta recién señalada adolecería de nulidad de derecho público, y por tanto, las retasaciones efectuadas a consecuencia de ellas serían también nulas; 3). Que, no estando claro el procedimiento invocado ni el acto o actos reclamados, este Tribunal, a fojas 66 ordenó subsanar esta omisión, frente a lo cual, el actor, a fojas 68 comparece indicando que el procedimiento invocado es el general de reclamaciones, y además que “las resoluciones reclamadas son aquellas que fijan el nuevo avalúo a contar del 1 de enero de 2018 de los bienes raíces de propiedad de mi representada… sin que conste el número de la resolución en la carta de notificación de aumento de avalúo” 4).
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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