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Tribunal · solo Pro
VALDES FREDES con SII
Fecha: 23-04-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra liquidación de impuesto de Primera Categoría 2013, por no acreditar régimen de renta presunta ni presentar prueba suficiente de sus ingresos.
Margarita Valdés Fredes reclama contra Liquidación N° 314109000061 del SII por el año tributario 2013. El Servicio observó inconsistencia: la contribuyente declaró ingresos por $0 en su Formulario 22, pero había emitido facturas por $12.312.569 durante el año y declarado ingresos mensuales en formularios 29. El SII citó a la reclamante para rectificar dentro de un mes, pero no respondió. Posteriormente emitió liquidación por $1.921.203 de impuesto de Primera Categoría más reajustes e intereses.
El tribunal establece que la carga de acreditar un régimen tributario excepcional recae sobre el contribuyente. Determina que la reclamante no acreditó estar acogida a renta presunta, pues: (i) no presentó su Formulario 22 del año tributario 2013; (ii) no demostró haber informado inicio de actividades como transportista de carga; (iii) no acompañó certificado alguno de cumplimiento de requisitos de permanencia del régimen; (iv) no indicó qué vehículo explotaba ni a qué título. El tribunal constata grave contradicción entre los $0 declarados y las facturas emitidas por $12.312.569, sin explicac
Rechaza el reclamo y confirma Liquidación N° 314109000061. Rechaza solicitud en subsidio. Condena en costas a la reclamante. Rechaza inadmisibilidad probatoria alegada por el SII.
VALDÉS FREDES con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
PONIENTE
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Santiago, a veintitrés de abril de dos mil dieciocho.
I. VISTOS. Contenido y Diligencias del Proceso
Uno. A fojas 1 el 28 3 de agosto de 2016, MARGARITA VALDÉS FREDES , RUT N° 8.960.195-9, mediante el abogado Fernando García Torres , cédula de identidad N° 13.937.987-K, ambos domiciliados en Huenteno N° 1208, Maipú, en adelante la contribuyente o la reclamante, reclama en contra del siguiente acto administrativo del Servicio de Impuestos Internos (en adelante el Servicio, la Administración o el reclamado): Liquidación N° 314109000061 de la Dirección Regional Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos.
Dos. El 31 de agosto de 2016 a fojas 93, el Servicio responde el reclamo.
Tres. El 24 de octubre de 2017 a fojas 110 el Tribunal recibe la causa a prueba . Esta resolución, luego del recurso de reposición del Servicio de Impuestos Internos de 30 de octubre de 2017 a fojas 113, establece, el 13 de febrero de 2018 a fojas 128, los siguientes puntos de prueba:
1. Acredítese el régimen de tributación de la reclamante, correspondiente al año tributario 2013.
2. Acredítese el monto del impuesto de primera categoría, correspondiente al año tributario 2013.
3. Efectividad de haberse proporcionado por la reclamante durante la etapa de fiscalización todos los antecedentes requeridos por el Servicio en la citación 132314079 de 10.12.15.
Cuatro. El 20 de marzo de 2018 a fojas 141, el Servicio presenta consideraciones para que el Tribunal tenga presente.
Cinco. El 20 de abril de 2018 a fojas 147, el Tribunal resuelve Autos para Fallo. II. FASE DE DISCUSIÓN
A. Reclamo
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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