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Tribunal · solo Pro
APFEL CONFECCIONES LIMITADA con SII
Fecha: 02-05-2018 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA
Tribunal rechaza reclamo de Apfel Confecciones por infracción al artículo 97 N°10 del CT por no emisión de boletas electrónicas en ventas con Transbank, siendo obligatorio emitir documento tributario al momento de la venta.
La empresa Apfel Confecciones Limitada realizó tres ventas el 15 de enero de 2018 mediante sistema Transbank por un total de $125.900. Su sistema interno de boletas electrónicas estaba fuera de conexión ese día. La empresa entregó a los clientes solo el voucher de Transbank como comprobante, sin emitir boleta en formato papel. Fiscalizadores del SII visitaron el local el 16 de enero y cursaron infracción folio N° 1448451 por no emisión de documento tributario.
El tribunal analiza que conforme al artículo 54 de la Ley de IVA, para contribuyentes autorizados a emitir boletas electrónicas, el voucher de Transbank no reemplaza la boleta, debiendo emitirse ambos sistemas integrados. En caso de contingencia justificada que impida la emisión electrónica, se permite emitir boleta en formato papel. La reclamante argumentó falla del sistema pero no emitió boleta manual alternativa. Los verbos "emitir" y "otorgar" implican no solo llenar o digitar el documento sino también ponerlo en circulación mediante entrega al comprador, lo que debió ocurrir en el momento
Se rechaza el reclamo de Apfel Confecciones contra la infracción folio N° 1448451, confirmando la infracción prevista en artículo 97 N°10 del CT por no emisión y entrega de boleta de venta en el momento de realizadas las transacciones.
Temuco, dos de mayo de dos mil dieciocho.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña MARÍA ELIANA HOLZAPFEL ULLOA , factor de comercio, cédula de identidad N° 7.623.245-8, en representación de la sociedad Apfel Confecciones Limitada, R UT 78.165.960-6, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Palguin N° 415, local 1, ciudad y comuna de Pucón, quien dentro de plazo legal interpone reclamo en el procedimiento especial de aplicación de ciertas multas en contra de la notificación de infracción folio N° 1448451, de fecha 16 de enero de 201 8, cursada por funcionarios de la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos por la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N°10 de dicho cuerpo legal , configurada por la no emisión de documento tributario por la venta de ropa durante el día 15 de enero de 2018, conforme a los siguientes argumentos y fundamentos:
Señala la reclamante que durante la visita que realizaron los fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos el día 16 de enero del presente año , solicitaron las ventas realizadas el día anterior, es decir del día 15 de enero, ya que el día de la visita no se habían cursado ventas. Indica que se presentaron las ventas realizadas con pago mediante sistema Transbank agregando que el sistema operativo utilizado por la empresa internamente (boletas electrónicas) se encontraba en esos momentos sin conexión. Indica que para estos casos la empresa tiene implementada una boleta de cambio que le entrega al cliente como comprobante de venta, junto al voucher del sistema Transbank.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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