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Tribunal · solo Pro
Importadora y Exportadora Grupo Yang Limitada con SII
Fecha: 09-05-2018 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA
Tribunal confirma infracción por emisión de boleta con montos discrepantes entre original y copia, rechazando reclamo de contribuyente que alegaba adulteración por cliente.
El 20 de enero de 2018, fiscalizadores del SII detectaron en local de Importadora y Exportadora Grupo Yang Limitada en Pucón una boleta N° 368547 de fecha 17 de enero con diferencia de montos: $990 en original y $15.990 en copia cliente. La irregularidad fue constatada al revisar boleta exhibida por cliente que realizaba cambio de productos. La contribuyente alegó posible adulteración por cliente o confusión con otra operación, sin proporcionar pruebas concretas.
El tribunal aplicó estándares del derecho penal administrativo, colocando carga de prueba en el SII. Estableció que aunque los fiscalizadores no presenciaron la venta original, la prueba documental y testimonial demostró fehacientemente la emisión irregular de la boleta. Rechazó defensa de la contribuyente por plantear hipótesis infundadas sin acreditación probatoria. Concluyó que la discrepancia de montos en original y copia constituye alteración deliberada de documento tributario destinada a eludir disposiciones tributarias. Consideró conocimiento de obligación legal por antigüedad del giro
Rechazó reclamo y confirmó infracción N° 1448509. Aplicó multa de 5 unidades tributarias mensuales y clausura de 3 días del establecimiento. Condenó en costas a la reclamante por falta de motivo plausible para litigar.
Temuco, nueve de mayo de dos mil dieciocho.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece JIANDE YANG, cédula de identidad N° 24.762.751-0, en representación de IMPORTADORA Y EXPORTADORA GRUPO YANG
LIMITADA, RUT 76.409.108-6, con giro de carteras, bolsos y artículos de hogar, ambos domiciliados en calle O’Higgins N° 774, local 1116, comuna de Pucón , quien deduce reclamo en contra de la actuación llevada a cabo por funcionarios del Servicio de Impuestos Internos consistente en la notificación de infracción N°1448509, de 20 de enero del presente año, por infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N°10 del Código Tributario, conforme a los siguientes argumentos:
Señala que el día 20 de enero del presente año concurrió al local comercial un cliente que había efectuado una compra el 17 del mismo mes, para realizar un cambio de sus productos, oportunidad en que un funcionario fiscalizador del Servicio de Impuestos Internos le solicitó su boleta , percatándose que existía una diferencia en el monto consignado en la copia y el registrado en el original de la boleta N° 368547, asumiendo que existió un incumplimiento de parte de la contribuyente. La actora plantea la posibilidad de que la boleta exhibi da por el cliente no correspondiera al producto que estaba cambiando o que el cliente podría haber adulterado la boleta para efectuar el cambio, ya que según indica las cámaras de seguridad con que cuenta el establecimiento muestran al cliente comprando varias veces en distintas ocasiones.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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