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Tribunal · solo Pro
AGRICOLA CAMPO VERDE LIMITADA con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 15-05-2018 · Materia: Resolución · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
ACOGE+100M Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Agrícola Campo Verde contra resolución del SII que rechazó devolución de PPUA y pérdida tributaria de $114.858.991 por excedentes de cooperativa Colun, considerando que excedentes de operaciones con terceros e intereses no deben agregarse a RLI.
Agrícola Campo Verde Limitada presentó rectificatoria dentro de plazo (art. 126 CT) solicitando devolución por PPM ($10.617.174) y PPUA ($2.701.473), aumentando pérdida tributaria de $2.007.919 a $114.858.991 para AT 2014. La pérdida provenía principalmente de excedentes y retiros de Colun ($217.452.244). El SII concedió devolución por PPM pero rechazó PPUA y nueva pérdida, argumentando que los excedentes debían tributar como ingresos brutos en RLI y que faltaba acreditación suficiente de las deducciones.
El Tribunal analiza el tratamiento tributario de excedentes de cooperativa: los provenientes de operaciones con socios están exentos (art. 51 LGC), salvo si son del giro habitual del socio (art. 52 LGC); los de operaciones con terceros e intereses no deben integrarse en RLI para evitar doble tributación, conforme jurisprudencia y propia posición del Servicio. El Tribunal desestima la objeción del SII sobre falta de acreditación de deducciones, valorando la documentación acompañada y explicaciones detalladas del contribuyente. Concluye que la distinción entre tipos de excedentes resulta irrelev
Se acoge la reclamación, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 478 de 14 de septiembre de 2017 en la parte reclamada, se declaran procedentes: la devolución solicitada, la pérdida tributaria de $114.858.991 y los registros FUT y FUNT propuestos. No se condena en costas.
Valdivia, quince de mayo de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas uno y siguientes, comparece el señor Patricio Sanguinetti Altamirano, RUT N° 10.633.455-2, en representación de Agrícola Campo Verde Limitada , RUT N° 76.014.354-5, ambos domiciliados en calle O’Higgins N° 380, oficina 21, segundo piso, Valdivia. Interpone reclamo en contra de la Resolución E xenta N° 478 de fecha 14 de septiembre de 2017 , emitida por la XVII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos y notificada el mismo día, en virtud de los fundamentos que pasa a exponer. Como antecedentes preliminares , señala que en su declaración original omitió su derecho a solicitar devolución por Pago Provisionales Mensuales (PPM) y Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (PPUA) de impuestos. Posteriormente, el 17 de abril de 2017, dentro de plazo establecido en el artículo 126 del Código Tributario (CT), presentó propuesta de rectificación de declaración de impuesto a la renta del Año Tributario (AT) 2014, solicitando devolución de $13.318.647, de los cuales $10.617.174 corresponde n a PPM y $2.701.473 corresponden a PPUA; y, aumenta la pérdida tributaria de $2.007.919 a $114.858.991. La resolución reclamada accedió en parte a su petición, concediendo la devolución por PPM, y rechazando tanto la devolución por PPUA como la nueva determinación de pérdida tributaria por no cumplir los requisitos para ser considerada como gasto necesario para producir la renta.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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