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Tribunal · solo Pro
CAMPOS NAVARRO con DIRECCION REGIONAL LA SERENA
Fecha: 23-05-2018 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación de Impuesto a Herencias por $282.601.390, confirmando valorización del SII de participaciones societarias basada en capital propio tributario, por insuficiencia de prueba del reclamante.
Guillermo Campos Fauze falleció el 16 de diciembre de 2012, dejando herencia testamentaria deferida a su cónyuge e hijos. La declaración y pago del Impuesto a Herencias se presentó fuera de plazo (27 de enero de 2016), con valores de activos y pasivos que no coincidían con inventarios judiciales. El SII practicó fiscalización y emitió Liquidación N°8 de 31 agosto 2017 por $282.601.390. El reclamante cuestiona la valorización de derechos en Inversiones Campos y Campos Limitada (70%) y acciones en Tasui Norte Sur S.A. (55%).
El Tribunal confirma que el Impuesto a Herencias es actualmente de declaración y pago simultáneo (no de determinación judicial), siendo responsabilidad del asignatario determinar correctamente el valor conforme artículo 46 de Ley 16.271. El SII ejerció legítimamente facultades fiscalizadoras ante la falta de declaración oportuna. El reclamante no aportó prueba suficiente en sede administrativa ni judicial para desvirtuar la tasación. El documento de deuda por factoring BBVA no reúne caracteres de veracidad (fotocopia, sin timbre, sin detalle de operaciones). Los antecedentes acompañados (infor
Se rechaza el reclamo en todas sus partes. Se confirma la Liquidación N°8 de 31 de agosto de 2017. No se condena en costas por motivos plausibles. Notificación por carta certificada al reclamante y publicación al SII.
RESUMEN:
PARTES: GUILLERMO ALFONSO CAMPOS NAVARRO CON SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Procedimiento General de Reclamación.
La Serena, veintitrés de mayo de dos mil dieciocho.
VISTOS:
Que a fojas 26 y siguientes, con fecha 26 de diciembre del año 2017, don
Jorge Acevedo Zamorano , abogado, cédula de identidad número 9.675.629-1, en representación de don Guillermo Alfonso Campos Navarro, empresario, cédula de identidad N° 7.594.597 -K, ambos domiciliados para estos efectos, en calle Huérfanos N° 886 oficina 612, comuna de Santiago, Región Metropolitana, viene en interponer reclamo de conformidad a las normas del Libro III, Título II, artículo 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de la liquidación número 8 de 31 de agosto de 201 7, emitida por la IV Dirección Regional La Serena del Servicio de Impuestos Internos, por concepto de Impuesto a las Herencias y D onaciones contenido en la Ley N° 16.271, por un monto total de $282.601.390, con el objeto de que sea modificada en la forma que indica en base a los siguientes argumentos: a). Explica que c on fecha 28 de noviembre de 2013, el Tercer Juzgado de Letras de Coquimbo, mediante sentencia de fojas 50, causa V -75-2013, concedió la posesión efectiva de la herencia testamentaria de don Guillermo Alberto Campos Fauze, fallecido el día 16 de diciembre de 2012, a su cónyuge doña Dagmar Agnes Henedinda Claussen Mohr, y a sus hijos Carolina del Carmen Campos Navarro, Mariana Soledad Campos Navarro , Ana María Campos Navarro, Guillermo Alfonso Campos Navarro, María Guillermina Campos Navarro, María Angélica Campos Contreras, Juan Carlos Antonio Campos Contreras y María Loreto Campos Contreras, en cumplimiento de lo dispuesto en testamento cerrado de fecha 22 de octubre de 2012 .
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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