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Tribunal · solo Pro
SOUTHERN CROSS SEAFOODS S.A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 23-05-2018 · Materia: Resolución · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
RECHAZA+100M No Ha Lugar Revocatorio
Tribunal rechaza reclamo de Southern Cross Seafoods contra resolución que denegó devolución de PPUA, por operación financiera artificiosa que constituye intermediación prohibida de dineros.
Southern Cross Seafoods (continuadora de Inversiones Cermaq S.A.) declaró pérdida tributaria de $2.008.120.348 en año 2016, solicitando devolución de PPUA por $341.380.460. El SII emitió Resolución 254 del 5 mayo 2017 rechazando la solicitud. La contribuyente había contratado préstamo con Mitsubishi Corporation Finance PLC por USD$350.000.000 el 19 junio 2015, entregando íntegramente esos fondos ese mismo día a Cermaq Chile S.A. (empresa relacionada), generando pérdida tributaria de USD$1.322.153. El SII cuestionó que no existía razón de negocios justificada, pues los costos superaban ingresos
El tribunal constata que la operación constituye un acto de intermediación financiera prohibido por la Ley General de Bancos (artículo 39). Inversiones Cermaq S.A. solicitó crédito a tercero (Mitsubishi) y ese mismo día lo entregó a Cermaq Chile S.A. bajo interés, configurando mera correduría de dineros. Aunque formalmente la operación podría encuadrarse en los amplios objetos sociales de la invertidora, la ley prohíbe que sociedades de inversiones presten dineros de terceros actuando como intermediarias. La contribuyente no acreditó que Cermaq Chile S.A. estuviera en situación desfavorable pa
Se rechaza en todas sus partes el reclamo de Southern Cross Seafoods contra Resolución Exenta SII 254 de 5 mayo 2017. Se confirma la resolución reclamada. Se condena en costas al actor.
Puerto Montt, veintitrés de mayo de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Carlos Martínez Concha , RUT N° 8.794.106-K, abogado, en representación de Southern Cross Seafoods S.A. , RUT N° 76.130.862-9, ambos domiciliados en avenida Diego Portales, número 2000, piso 10 , comuna de Puerto Montt , quien interpone reclamo tributario en contra de la Resolución Exenta Nº 254 , de fecha 05 de mayo de 2017 , solicitando que sea de jada sin efecto, de acuerdo a los argumentos que expone.
En cuanto a los hechos en que se basa su libelo, relata que Inversiones Cermaq S.A. fue constituida por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2013 como Inversiones Mainstream Chile Limitada, a raíz de la división de la sociedad Ewos Chile Limitada. Posteriormente, con fecha 20 de octubre de 2014, se transf ormó a una sociedad anónima cerrada, modificando asimismo su razón social a Inversiones Cermaq S.A. De acuerdo a sus Estatutos, Inversiones Cermaq tiene por objeto (i) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena relativos a todo tipo de bienes, ya sean muebles o inmuebles, incluyendo su explotación, comercialización y/o administración; (ii) Concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase; (iii) La realización de cualquier actividad comercial o industrial complementaria a su giro principal; y (iv) Realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de los objetos mencionados. Durante el mes de mayo de 2016, Inversiones Cermaq presentó su Declaración Anual de Impuesto a la Renta correspondiente al Año Tributario (en adelante, "AT") 2016, mediante Formulario 22 folio N° 242735886. En él, se informó una pérdida tributaria del ejercicio ascendente a $2.008.120.348 (USD$2.827.701), y solicitó una devolución por concepto de Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas (en adelante, "PPUA") por un monto de $341.380.460 8 (USD$ 480.709).
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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