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Tribunal · solo Pro
SERVICIOS FORESTALES VICAM LIMITADA con SII
Fecha: 05-06-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamación por error de transcripción en base imponible: SII registró $150.010.005 en lugar de $15.001.005, lo que generó impuesto indebido de $37.054.473 cuando corresponde $9.863.661.
Servicios Forestales Vicam Limitada reclamó contra Liquidación N° 76 del SII (28 julio 2016) por impuesto de primera categoría año tributario 2013. El SII determinó agregados por ingresos omitidos por venta de vehículos ($14.635.176) y diferencias de remuneraciones ($34.337.300). Sin embargo, la liquidación contenía un error de transcripción: registró renta líquida de primera categoría en $150.010.005 cuando el formulario 22 declaraba $15.001.005. Este error multiplicó el impuesto determinado a $37.054.473 cuando debía ser $9.863.661.
El tribunal analizó que el SII reconoce implícitamente la procedencia de las diferencias de impuesto (ingresos omitidos y remuneraciones excesivas), pero existe un error material evidente en la transcripción de la base imponible declarada en el formulario 22. El contribuyente no controvertía la sustancia de la liquidación sino solo el guarismo erróneo en el cálculo matemático. La presunción de legitimidad de actos administrativos se quiebra cuando existe un error de transcripción manifiesto documentado en la propia declaración de renta. El error aritmético debe corregirse conforme a la prueba
Se acoge el reclamo y se ordena la rectificación de la Liquidación N° 76, debiendo determinarse correctamente el impuesto de primera categoría a enterar en arcas fiscales en la suma de $9.863.661, considerando la base imponible correcta de $63.976.481.
1
Temuco, cinco de junio de dos mil dieciocho. -
VISTOS:
A fojas 1, comparece don RICARDO FRANCISCO SAN MARTÍN CEA , empresario, cédula de identidad N° 12.985.248-8, en representación de la sociedad SERVICIOS FORESTALES VICAM LIMITADA, empresa del giro de s u denominación, RUT 76.618.140 -6, ambos con domicilio en calle Sevilla N° 748 , Villa España, comuna de Angol, quien deduce reclamación en contra de la Liquidación N° 76, de 28 de julio de 2016 , emitida por la Unidad de Angol de la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, la cual efectúa agregados a la base imponible de la contribuyente correspondiente al año tributario 2013 por ingresos omitidos por venta de vehículos y por diferencias de remuneraciones, determinando un impuesto a enterar en arcas fiscales ascendentes a la suma de $37.054.473.-, conforme los argumentos y fundamentos que se pasan a resumir: 1.- Expresa el reclamante que la Liquidación reclamada señala en su punto N° 5, el detalle respecto del año tributario 2013, señalando que en cuanto al análisis de la base imponible determinada, el fiscalizador que confecciono los cálculos cometió un error en la transcripción de la renta líquida de Primera Categoría declarada en el formulario 2 2, folio 235027723, ya que el valor determinado según la contabilidad y registrado en dicho formulario, línea 37, código 20, corresponde a $15.001.005.- y no al monto consignado en la liquidación, que asciende a la suma de $150.010.005. 2.- Efectúa un análisis de la renta líquida imponible correspondiente al año tributario 2013, considerando el valor correcto registrado en su base imponible del impuesto de primera categoría de la Ley de la Renta, según el siguiente detalle:
Renta Líquida de Primera Categoría declarada en F. 22 Folio 235027723 $ 15.001.005 Se agrega:
Ingresos omitidos por venta de vehículos $ 14.635.176
Diferencia por gasto por remuneración determinado en auditoría $ 34.337.300 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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