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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD AGRICOLA Y FORESTAL POZO Y REYES LTDA con SII
Fecha: 12-06-2018 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma liquidación tributaria que tasó inmueble vendido a precio notoriamente inferior al valor comercial, rechazando argumento de reorganización empresarial por existencia de flujo de dinero efectivo.
Sociedad Agrícola y Forestal Pozo y Reyes Limitada vendió inmueble Rol 3000-15 de Los Ángeles a Inversiones y Comercializadora San Guillermo SpA por $350.000.000 mediante contrato de 12 de septiembre de 2014, siendo el valor libro de $528.201.052. El SII tasó el inmueble en $1.179.968.334 aplicando artículo 64 del Código Tributario y liquidó diferencia con impuesto único del 35%. La reclamante alegó que la tasación era arbitraria y que la operación constituía reorganización empresarial exenta de tasación.
El tribunal analizó que para configurar reorganización empresarial conforme artículo 64 del Código Tributario se requiere que no origine flujo efectivo de dinero y no exista resultado tributario. Sin embargo, la venta contempló pagos en dinero efectivo ($60.000.000 al contado y cuotas posteriores), incumpliendo requisitos. El precio fue inferior al valor libro, lo que tampoco se ajusta a reorganización empresarial. El tribunal consideró que la tasación se efectuó conforme a método objetivo analizando comparables inmobiliarios de características similares. La resciliación posterior a enero 2017
Se rechaza reclamación y se confirma Liquidación n° 130 de 11 de octubre de 2016. Se condena en costas a la reclamante por carecer de motivos plausibles para litigar.
Concepción, doce de junio de dos mil dieciocho.
VISTOS:
En lo principal del escrito de fojas 36 y siguientes, comparece don Guillermo Reyes Contreras, industrial, RUT n.° 7.152.171-0, en representación de SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL POZO Y REYES LIMITADA RUT n.° 50.238.200-4, ambos domiciliados en Hijuela Poco a Poco, sector Paillihue, comuna de Los Ángeles, representados legalmente por don Marcelo Matus Fuentes RUT n.° 13.133.792-2, todos con domicilio para estos efectos en calle Aníbal Pinto n° 509 oficina 502 de la comuna de Concepción ; quien deduce reclamo tributario en contra de la Liquidación n° 130 de fecha 11 de octubre de 2016, emitida por la Unidad de Los Ángeles dependiente de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos.
Fundando su reclamo, expresa lo siguiente:
Señala, que en la liquidación reclamada no se explica en forma clara y razonada el fundamento de que se sirvió para determinar el monto de lo liquidado, y más considerando que aplica el Impuesto Único Artículo 21, del periodo tributario abril 2015.
Indica, que el ente fiscal cuestiona el valor por el cual la Sociedad Agrícola y Forestal Pozo y Reyes Limitada vendió a Inversiones y Comercializadora San Guillermo SpA, el inmueble ubicado en el Sector Paill ihue calle Los Carrera 4000 comuna de Los Ángeles, por el monto de $350.000.000, según lo consigna la escritura pública de fecha 14 (sic) de septiembre de 2014, lo anterior, toda vez, que el inmueble aparece registrado en la contabilidad con un valor libro de $528.201.052, razón por la cual el ente fiscal procede a tasar según lo dispuesto en el artículo 64 del Código Tributario.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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