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Tribunal · solo Pro
HARINAS Y PROTEINAS DE CHILE S. A. con SII
Fecha: 20-06-2018 · Materia: Resolución · Juez: oscar_renato_merino_maturana
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar Ha Lugar No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación contra denegación de devolución de PPUA por pérdida en inversión, concluyendo que la pérdida por inversión en Movar Ltda. incumple requisito de necesariedad del artículo 31 LIR por falta de sentido económico.
Harinas y Proteínas de Chile S.A. solicitó devolución de $983.380.012 por PPUA correspondiente al AT 2015, alegando pérdida tributaria de $7.020.277.222 generada por inversión en Comercial Exportadora e Importadora Movar Ltda. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución Exenta N°757 de 29 de abril de 2016, cuestionando principalmente la pérdida por inversión de $5.718.778.029. La empresa había capitalizado una cuenta por cobrar contra Movar en octubre 2014, obteniendo 97,09% de participación, pero dos meses después Movar declaró término de giro, tras lo cual Harinas registró la pérdida.
El tribunal establece que para deducir gastos, incluidas pérdidas, deben cumplirse requisitos copulativos del artículo 31 LIR: relación directa con actividad, necesariedad para producir renta, efectivo pago y acreditación fehaciente. Respecto de la necesariedad, el tribunal analiza que la operación carece de sentido económico: la capitalización de $5.718.778.029 en octubre 2014 fue seguida por retiros de $3.062.986.017 en diciembre 2014 realizados por socios minoritarios, mientras Harinas no efectuó retiro alguno a pesar de ser controladora. El tribunal estima que la operación evidencia apoyo
Se rechaza la reclamación interpuesta. Se confirma la Resolución Exenta N°757 de 29 de abril de 2016 del SII. No se condena en costas, reconociendo motivos plausibles para litigar.
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO.
VISTOS:
El escrito de fecha 12 de agosto de 2016, rolante a fojas 1 a 13 vuelta de autos, presentado por don CHRISTIAN ASTE MEJÍAS, RUT
N*10.823.135-1, en representación de la empresa HARINAS Y PROTEÍNAS DE CHILE S.A., RUT N*96.810.430-6, ambos domiciliados para estos efectos en calle Cerro el Plomo N*5630, piso 16, oficina 1601, comuna de Las Condes, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta N*757 de fecha 29 de abril de 2016, emitida por el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SIT), solicitando que ésta sea dejada sin efecto, se ordene la devolución solicitada en el Formulario N*22 (en adelante F22) folio 235412935 y en subsidio de lo anterior se ordene la devolución proporcional de aquella parte correspondiente a la pérdida tributaria del año tributario (en adelante AT) 2015 que se encuentra conciliada y aceptada, que asciende a $1.205.253.414.-, con costas.
En su reclamo el contribuyente sostiene, en síntesis, que su representada solicitó en el F22 folio 235412935 una devolución por concepto de Pagos Provisionales de Utilidades Absorbidas (adelante PPUA) por la suma de $983.380.012.-, correspondiente al impuesto de Primera Categoría pagado por las utilidades recibidas por su participación en la empresa Fiordo Austral S.A., Pesquera del Sur, Natural Oils Chile S.A.
Expone que para el AT 2015 declaró una pérdida por la suma de $7.020.277.222.- la que es consecuencia de la diferencia entre lo que invirtió en la empresa Comercial Exportadora e Importadora Movar Limitada y lo que recibió devuelta de ésta, como efecto del término de giro de ella producido con fecha 17 de diciembre de 2014.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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