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Tribunal · solo Pro
CAMACHO RODRÍGUEZ con SII
Fecha: 20-07-2018 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra cobro suplementario de contribuciones por vicio procesal: falta de acompañamiento del acto reclamado y aplicación errónea del procedimiento especial de avalúo.
Carlos Camacho Rodríguez, propietario de un bien raíz en el Condominio Paseo Andino, Peñalolén (rol 9371-199), fue notificado en diciembre de 2014 de modificaciones al avalúo fiscal y de un cobro suplementario de contribuciones por diferencias desde el segundo semestre de 2011 hasta el segundo semestre de 2014, por $457.127 aproximadamente. El SII informó que el error se debió a que en 2006 no se contempló la tasación del terreno al calcular el impuesto territorial. El reclamante impugnó la retroactividad del cobro.
El tribunal determinó que el reclamante no acompañó el giro cobro suplementario reclamado, incumpliendo el artículo 125 N°3 del Código Tributario. Aunque el reclamante tiene conocimiento cabal del acto y formuló alegaciones de fondo, no acreditó circunstancia que lo eximiera de acompañar el documento. Además, el procedimiento aplicado es erróneo: corresponde el procedimiento general de reclamaciones del artículo 124 para giros, no el especial de avalúos del artículo 150, que se aplica a modificaciones de avalúos individuales. Si pretendía cuestionar el avalúo, debió reclamar la Resolución Ex.S
Se rechaza íntegramente el reclamo por vicio procesal. No se analiza el fondo sobre retroactividad del cobro suplementario. No se condena en costas, estimando ejercicio legítimo del derecho de reclamación.
“CAMACHO RODRIGUEZ, CARLOS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Santiago, veinte de julio de dos mil dieciocho.-
VISTOS:
A fojas 2, comparece don Pierre Emile Soulé Brard, abogado, domiciliado para estos efectos en Avda. Bulnes N°79, oficina 60, comuna de Santiago, en representación de don CARLOS SANTIAGO
CAMACHO RODRIGUEZ, Cédula Nacional de Identidad Nº21.631.515-4, dentista, con domicilio en calle Amigo del Tenis N° 8744, casa D, comuna de Peñalolen, quien, dentro de plazo y en virtud del artículo 150 del Código Tributario interpone reclamo en contra de la Dirección Regional Oriente del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), por cuanto éste ha emitido cobros retroactivos por diferencias de impuesto territorial respecto de la propiedad rol de avalúos 9371-199, comuna de Peñalolén, denominado "Cobro Suplementario de Contribuciones" desde el segundo semestre de 2011 hasta el segundo semestre de 2014, por un monto total para cada propiedad que supera los $457.127.- (cuatrocientos veintisiete [sic] mil ciento veintisiete pesos), lo cual considera improcedente, pues aquello importa la aplicación retroactiva del avalúo , el cual sólo puede aplicarse hacia el futuro, lo que además transgrede la teoría de los actos propios, orientador del derecho público y el principio procesal “nemo auditur”.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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