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Tribunal · solo Pro
SII con ROMERO HERRERA
Fecha: 07-09-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA Ha Lugar
Denuncia por utilización de 22 facturas falsas para aumentar maliciosamente créditos fiscales de IVA en períodos 2014-2015, causando perjuicio fiscal de $44.792.708.
Alex Esteban Romero Herrera, con actividades de corte y trozado de madera, fue fiscalizado el 4 de mayo de 2015. Se detectó que registró y declaró 22 facturas falsas provenientes de 7 supuestos proveedores en períodos de enero 2014 a enero 2015. Estas facturas fueron utilizadas para aumentar créditos fiscales de IVA en sus formularios N° 29, generando un perjuicio fiscal de $44.792.708. Los proveedores involucrados resultaron ser empresas sin capacidad operativa, relacionadas con Eduardo Casado Teppa, que emitieron documentos sin respaldo de activos, personal ni guías de despacho timbradas.
El tribunal analiza que las 22 facturas fueron utilizadas maliciosamente para aumentar el crédito fiscal del IVA. Se constató que los supuestos proveedores carecían de capacidad operativa: no contaban con activos, personal, ni guías de despacho timbradas para respaldar la entrega de bienes. Las facturas fueron autorizadas por el Servicio con fechas posteriores a su emisión, lo que evidencia su falsedad. Mediante declaraciones juradas de socios de estas empresas, se confirmó que la intención era "vender facturas" o "vender IVA". Los proveedores registraban cambios frecuentes de domicilio, incon
Se denuncia a Alex Esteban Romero Herrera por responsabilidad en la infracción del artículo 97 N° 4 inciso 2° del Código Tributario, configurada por aumento malicioso de créditos fiscales de IVA mediante utilización de 22 facturas falsas, con participación directa y conducta consumada.
Temuco, siete de septiembre de dos mil dieciocho. -
VISTOS:
1.- A fojas 1 de autos, rola acta de denuncia Nº 16/2017, cursada por el Servicio de Impuestos Internos el 27 de junio de 2017 y notificada por cédula el 4 de julio del mismo año a don ALEX EST EBAN ROMERO HERRERA , cedula de identidad N°15.247.627-2, con giro de servicio de corte y trozado, comercialización de excedentes metálicos, compra venta de leña y madera en bruto, domiciliado en calle Custodio Clavel Pérez N° 205, Pulmahue, Padre las Casas, por su responsabilidad en la comisión de la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N° 4 inciso 2° del Código Tributario, configurada por el aumento malicioso del crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado que tenía derecho a hacer valer, mediante la utilización de veintidós facturas falsas, conducta llevada a cabo en los períodos tributarios de enero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2014 y enero de 2015. 2.- Expone la denuncia que con ocasión de acciones de presencia fiscalizadora realizadas el día 4 de mayo de 2015 se visitó el domicilio del contribuyente y se le notificó para efectuar verificaciones de antecedentes , solicitándole que presentara libros de compra y ventas, facturas de p roveedores, facturas emitidas y declaraciones mensuales de los períodos abril de 2014 a marzo de 2015.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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