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Tribunal · solo Pro
RAVANAL OLEA con SII
Fecha: 14-09-2018 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidación por error en registro de inversiones en vehículos; rechaza crédito de primera categoría no acreditado.
Contribuyente Ravanal Olea reclama liquidación N° 408201000324 de mayo 2017 por observaciones G13 y G47 (origen de fondos e inversiones). SII le atribuye cuatro vehículos (Ford patentes FVTP.25-5, FRXB.86-6, FRXB.12-2 y Honda patente QU-0581-4) y fondo mutuo por $1.000.000. Contribuyente niega propiedad de tres vehículos Ford y acredita con certificados que tercera empresa era propietaria al año 2013.
Tribunal rechaza inadmisibilidad probatoria por solicitud genérica del SII. Analiza carga probatoria bajo artículo 21 CT. En inversiones, determina que SII debe demostrar previamente existencia de inversión para aplicar presunción del artículo 70 LIR. Coteja registros del Servicio de Registro Civil con certificados acompañados, concluyendo que R y R Montajes era propietario de tres vehículos el 2013. Respecto crédito primera categoría, rechaza por falta de acreditación del arriendo ocasional alegado.
Acoge parcialmente reclamo. Deja sin efecto observación G47 por $38.969.819 respecto inversiones Ford. Confirma rechazo de crédito de primera categoría por $370.000. Reliquída impuesto global complementario. Sin condena en costas.
Concepción, catorce de septiembre de dos mil dieciocho.
VISTOS:
En lo p rincipal del escrito de fojas 22 y siguientes, comparece don Rolando Rojel Jiménez, RUT n.° 10.236.686-3, abogado, domiciliado en calle Colo Colo n.° 379, oficina 1103 Concepción, en representación procesal de doña LUTGARDY SCARLETH RAVANAL OLEA , RUT n.° 18.415.521-4, no indica profesión u oficio , domiciliada en calle 1, sector Las Monj as n.º 229, Lomas de San Andrés de la comuna de Concepción; quien deduce reclamo tributario en contra de la L iquidación n.° 408201000324, de fecha 16 de mayo de 2017 , emitida por el Departamento de Fiscalización de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos.
Estructura su reclamo, primeramente, señala que su representada jamás se enteró de la Citación. Por otra parte, en cuanto a las inversiones que se le atribuyen, señala que no fueron adquiridas por ella durante el año 2013, s olo la correspondiente a una moto, cuyo valor es de $850.000.
En consecuencia, aduce un error de información en los registros del Servicio, lo cual se puede corroborar con los respectivos certificados de dominio vigentes acompañados que informan los propietarios al año 2013. En este sentido, indica que los vehículos patentes FVTP 25-5 y FRXB 86-6 nunca han sido suyos; solo el vehículo placa patente FRXB 12-2 actualmente lo es, pero adquirido solo con fecha 12 de abril de 2017, correspondiendo su justificación respecto del AT. 2018.
Por otra parte, en lo que respecta a la moto, patente QU -0581-4, efectivamente, pertenecía a su representada en el año 2013.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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