Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
AYLLÓN BRITO con SII
Fecha: 04-10-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de contribuyente contra liquidación por omisión de beneficio tributario del artículo 55 bis LIR (intereses hipotecarios), rechazando inadmisibilidad probatoria del SII.
Ricardo Ayllón Brito, empleado, fue objeto de liquidación tributaria N°605 de 26 de julio de 2017 por omisión de declaración de impuesto a la renta del año tributario 2012. El SII le agregó rentas por remuneraciones, dividendos y retiros de ahorros previsionales voluntarios. El contribuyente reconoció estos agregados pero solicitó se considerara el beneficio del artículo 55 bis de la LIR (deducción de intereses pagados por créditos hipotecarios) por suma de $2.849.093, que la propia liquidación reconocía como derecho omitido.
El tribunal rechazó la inadmisibilidad probatoria alegada por el SII conforme al artículo 132 inciso 12 del CT, por cuanto la citación N°107 no especificó determinada y específicamente los antecedentes solicitados, utilizando referencias genéricas e imprecisas. Sobre el fondo, aplicó el artículo 127 del CT que permite al contribuyente reclamante solicitar rectificación de errores en el período reliquidado. Consideró que la propia liquidación reconocía el derecho a rebajar $2.849.093 por dividendos hipotecarios conforme artículo 55 bis LIR, permitiendo al recurrente hacer valer esta rebaja en l
Se rechaza inadmisibilidad probatoria del SII. Se acoge reclamo del contribuyente y ordena reliquidación de la liquidación N°605, incorporando la deducción de intereses por dividendos hipotecarios según artículo 55 bis LIR en la forma que impone artículo 127 CT. Sin costas.
Concepción, cuatro de octubre de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas 7 y siguientes, comparece por sí, don RICARDO AYLLÓN BRITO, Rut n.° 8.897.007 -1, empleado, domiciliado Avenida Bicentenario n.° 1648, Lomas de Bellavista, Concepción, quien deduce reclamo tributario en contra de la Liquidación n.° 605 de fecha 26 de julio de 2017 emitida por el Departamento Regional de Fiscalización de la VIII D.R. Concepción del Servicio de Impuestos Internos.
Fundando su reclamo, señala estar de acuerdo con la omisión de la referida declaración de impuestos, y con la circunstancia que retiró sus ahorros previsionales voluntarios liquidándose los impuestos por tales conceptos. No obstante, solicita una revisión en la parte de la liquidación que se refiere a la aplicación del beneficio tributario del artículo 55 bis de la Ley de la Renta, omitido en la declaración de impuesto a la renta, y que ahora solicita se reconsidere en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 del Código Tributario.
Es más, señala que la propia liquidación le reconoce este derecho, en particular en la hoja de trabajo n.° 2, según indica.
A continuación, efectúa una corrección a las diferencias impositivas detectadas teniendo en consideración la aplicación del beneficio tributario del artículo 55 bis de la LIR., según indica.
Al cuarto otrosí de su presentación, designa al letrado que indica.
A fojas 11 , se tuvo por interpuesto el reclamo y se confirió traslado al Servicio de Impuestos Internos.
A fojas 15 y siguientes, comparece don Fernando Ramos Asenjo , abogado, c uya personería consta a fojas 14 , en representación de la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, con domicilio en Avenida O’Higgins N.° 749, tercer piso, de la ciudad de Con cepción, quien evacua el traslado conferido a fojas 11, solicitando el rechazo del reclamo deducido. Estructura su reclamo de acuerdo a los siguientes acápites:
I. Antecedentes de hecho.
II. El reclamo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.