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Tribunal · solo Pro
SII con TUDELA AROCA
Fecha: 07-11-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
ACOGE No Ha Lugar
Tribunal rechaza acta de denuncia por infracciones al art. 97 N°4 CT por falta de prueba de dolo y malicia; establece que omisiones pudieron deberse a negligencia, no a intención de ocultar.
El SII denunció a Carlos Tudela Aroca por dos infracciones: (1) declaración incompleta en F22 AT 2016, omitiendo ingresos de $76.288.775 provenientes de Tudela Consultores SPA destinados a compra de bienes raíces; (2) emisión de boleta de honorarios N°213 por $29.574.000 a Servicios de Comida del Maule en abril 2015, alegando servicios no acreditados. El denunciado no presentó descargos ni pruebas.
El tribunal reconoce que los egresos de anticipos para compra de bienes raíces constan claramente en la contabilidad de Tudela Consultores con glosas descriptivas ("Anticipo Compraventa Cerro Co" y "Promesa Compraventa Altavista"), sin intención de ocultar. Para establecer infracción del art. 97 N°4 inciso 1°, era necesario acreditar malicia u omisión maliciosa de la base imponible, elemento que no se probó. Respecto a la boleta N°213, el tribunal infiere que Tudela prestó servicios como persona natural hasta marzo 2015 y luego como empresa; la prueba testimonial solo relató el proceso de reco
Se rechaza el Acta de Denuncia N°14/2017 por infracciones al art. 97 N°4 incisos primero y final del CT. Se ordena al Director Regional del SII XVI cumplimiento administrativo de lo resuelto. No se condena en costas al denunciante.
“SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, CARLOS”
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT N°: Rol · solo Pro
Santiago, siete de noviembre de dos mil dieciocho. -
VISTOS:
A fojas 4 , rola Reservado DJU 16.000 N°05 , de fecha 28 de abril de 2017, de don Jorge Hidalgo Cárcamo, Jefe del Departamento Jurídico de la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos (en adelante , SII), mediante el c ual remite Acta de Denuncia N°25098501, de 11.04. 2017, respecto a los contribuyentes CARLOS ARMANDO DANIEL TUDELA
AROCA, RUT Nº6.417.753-2, por sí y como representante legal de TUDELA CONSULTORES SPA, RUT Nº76.457.755-8.
A fojas 5, rola Acta de Denuncia N°25098501, de fecha 11 de abril de 2017, mediante la cual doña Giselle Alvial Aravena, Fiscalizador de la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del SII, levanta y notifica dicha Acta de Denuncia al contribuyente s CARLOS ARMANDO DANIEL TUDELA AROCA, RUT Nº6.417.753-2, giro servicios jurídicos y otras actividades empresariales no clasificadas previamente, por sí y como representante legal de TUDELA CONSULTORES SPA RUT Nº76.457.755-8, giro en servicios jurídicos y actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión. A fojas 13, con el mérito del acta de denuncia y su notificación, que el artículo 161 del Código Tributario no contempla que se levante una sola acta de denuncia respecto de varios imputados ni que se notifique ésta solamente a uno de ellos; y, que un acta de tales características es incompatible con la naturaleza del procedimiento establecido en el artículo 161 del Código Tributario y, además, hace imposible que el tribunal pueda dar cumplimiento al deber de confidencialidad establecido en el artículo 130 parte final del Código Tributario, aplicable al caso sub-lite en virtud de los dispuesto en el artículo 161 Nº9 del Código Tributario, se resolvió venga en forma el acta de denuncia.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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