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Tribunal · solo Pro
BTI INMOBILIARIA DOS LIMITADA con SII
Fecha: 05-12-2018 · Materia: Resolución · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de BTI Inmobiliaria Dos Limitada contra resolución del SII que denegó devolución de $16.312.357 por falta de acreditación de presupuestos de hecho en declaración de renta AT 2012.
BTI Inmobiliaria Dos Limitada solicitó devolución de $42.466.076 por pagos provisionales mensuales del año comercial 2011 en su declaración de renta AT 2012. El SII devolvió parcialmente $26.153.719 y retuvo saldo de $16.312.357. La resolución SII N°215100000034 de 19 de noviembre de 2013 denegó la devolución del saldo. La reclamante impugnó alegando vicios de notificación, falta de motivación e invocando derecho a crédito por impuesto territorial pagado.
El tribunal establece que corresponde al contribuyente acreditar con documentos la verdad de sus declaraciones conforme al artículo 21 del Código Tributario. La reclamante no aportó documentación completa de respaldo que acredite fehacientemente sus cuentas de resultado, el impuesto territorial pagado separado de otras contribuciones, ni los presupuestos de hecho que hacen procedente la devolución de PPM. Aunque se alegó vicio de notificación y falta de motivación, el tribunal concluye que estos vicios no causaron perjuicio a la reclamante pues tomó conocimiento oportuno y pudo interponer su r
Se rechaza el reclamo interpuesto por BTI Inmobiliaria Dos Limitada confirmando la Resolución SII N°215100000034. Cada parte paga sus costas. Se libera a la reclamante del pago de costas por haber tenido motivo plausible para litigar.
“BTI INMOBILIARIA DOS LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RIT N° : Rol · solo Pro
RUC N° : Rol · solo Pro
Santiago, cinco de diciembre de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Federico Grebe Lira, abogado, RUT N°9.909.022-7, en representación de BTI INMOBILIARIA DOS LIMITADA, RUT N°76.103.424-3, giro de actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión, ambos con domicilio en Avenida El Golf 40, piso 20, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quien interpone reclamo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 4 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta N °215100000034, emitida con fecha 1 9 de noviembre de 2013, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, solicitando que sea dejada sin efecto y se ordene la devolución del saldo retenido por $16.312.357 de la devolución total solicitada para el año tributario 2012, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su libelo de reclamo relativo a los antecedentes, explica que mediante Formulario 22, Folio N°233291412, solicitó una devolución ascendente a $42.466.076, correspondiente a pagos provisionales mensuales (PPM). Agrega que, con fecha 19 de noviembre de 2013, se emitió la resolución reclamada, que fue notificada a la reclamante por aviso postal simple, por medio de la cual se denegó parcialmente la devolución de PPM solicitada . Añade como aclaración previa que la resolución reclamada señala expresamente que del monto total de la devolución solicitada ascendente a $42.466.076, se accedió a la devolución parcial de $26.153.719, por lo que el objeto del presente reclamo es que se acceda a la devolución del diferencial ascendente a $16.312.357.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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