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Tribunal · solo Pro
ORTUZAR ALDUNATE con SII
Fecha: 18-12-2018 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZAAvalúo +100M No Ha Lugar
Rechazo de reclamo por reavalúo de terreno en Lo Barnechea. El tribunal determinó que la restricción por quebrada ya estaba considerada en el área homogénea y que los ajustes excepcionales deben solicitarse por vía administrativa.
Ramón Ortuzar Aldunate reclama el reavalúo fiscal de su propiedad ubicada en Camino Turístico Nº11.642, Lo Barnechea, Rol Nº3201-12, vigente desde 01.01.2014. El SII fijó avalúo de terreno en $507.952.000 y construcciones en $159.342.390, sumando $667.294.390. El inmueble tiene 5.000 m² de terreno irregular, afectado por zona de restricción de la Quebrada El Guindo con fajas de resguardo de 40 metros a cada lado, permitiendo solo 248 m² edificables. El reclamante sostiene que estas características particulares no fueron consideradas y solicita coeficiente corrector de 0,2.
El tribunal estableció que la restricción por Quebrada El Guindo ya se encontraba incorporada en la ficha descriptiva del Área Homogénea HAB048 donde se ubica la propiedad, con valor de $124.254 por m². Respecto al coeficiente de constructibilidad, según la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, no hay restricciones en zonas de quebradas. Aunque la restricción podría afectar de manera distinta según ubicación dentro del área, los ajustes excepcionales deben solicitarse administrativamente conforme a la Resolución Ex.SII Nº108 de 27.12.2013 y Circular Nº6 de 30.01.2014. El tribunal no e
Se rechaza íntegramente el reclamo interpuesto por Alberto Arenas Pizarro en representación de Ramón Ortuzar Aldunate contra el avalúo fiscal del bien raíz Rol Nº3201-12. No se condena en costas al reclamante por tener motivo plausible para litigar.
“ORTUZAR ALDUNATE, RAMÓN con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Alberto Arenas Pizarro , RUT Nº3.246.861 -6, Arquitecto, perito tasador judicial inmobiliario, domiciliado para estos efectos en Carlos Antú nez Nº1843, oficina 105, Providencia, Santiago, en representación de don RAMÓN ORTUZAR ALDUNATE, RUT Nº4.481.015-8, domiciliado en calle Napoleón Nº3565, oficina 1405, Las Condes, Santiago y en la representación que inviste interpone el siguiente reclamo.
Expone que con fecha 13 de marzo de 2014, el propietario del inmueble ubicado en calle Camino Turístico Nº11.642 Rol de Avalúo 3201 -12, comuna de Lo Barnechea, el señor Ortuzar Alduna te recibió de parte del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), la circular elaborada con fecha enero 2014, en que se comunica aumento de la tasación fiscal del inmueble indicado precedentemente y el cual ha producido que esta propiedad haya aumentado su contribución anual por concepto de impuesto territorial, la cual resulta excesiva de acuerdo a lo que se fundamentará en este informe.
Explica que el valor total del monto reclamado correspondiente a la tasación del terreno asciende a la suma $406.361.600.- y corresponde a la diferencia entre el valor determinado en la tasación del terreno realizada por el SII por $507.952.000.- y el monto de la tasación del suelo del inmueble fundamentada por el suscrito de $101.590.400.
Expresa que el inmueble se ubica en la acera norte de la calle Camino Turístico entre las calles Camino de la Villa por el poniente y Camino Turístico Interior por el oriente, correspondiéndole la numeración 11.642 por Camino Turístico, en la comuna de Lo Barnechea, provincia de Santiago, Región Metropolitana.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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