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Tribunal · solo Pro
AGRICOLA BELLAVISTA con SII
Fecha: 03-01-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Dora Luisa Bastía Santander
ACOGE
Tribunal acoge reclamo contra liquidaciones por Impuesto Adicional sobre pagos al exterior, al cumplirse los requisitos del art. 5° transitorio Ley 20.899 para invocar exención pese a presentación extemporánea de DJ 1854.
Agrícola Bellavita SpA exporta uva a EE.UU. mediante agentes que descuentan comisiones, fletes y otros servicios del pago. No presentó DJ 1854 años tributarios 2012 y 2013 informando operaciones exentas de Impuesto Adicional. SII fiscalizó, emitió Citación 82 y Liquidaciones 191 y 192 (26.11.2014) por no retener Impuesto Adicional sobre pagos a no residentes. Contribuyente presentó DJ 1854 extemporáneamente el 28.10.2014. Ley 20.899 (2016) permitió invocar exención si se informaba antes del 30.06.2016.
SII no cuestionó naturaleza ni montos de operaciones, solo omisión de DJ 1854 oportuna. Tribunal analiza requisitos art. 5° transitorio Ley 20.899: (1) pago de cantidades art. 59 inc.4° N°2 LIR años 2011-2012, cumpliendo demás requisitos legales; (2) no informar oportunamente al SII; (3) presentar información antes del 30.06.2016. Constató que contribuyente pagó por servicios en extranjero (fletes, comisiones) según art. 59 N°2 LIR, cumplió requisitos de exención salvo plazo de información, y presentó DJ 1854 el 28.10.2014, dentro del plazo ampliado. Resolución Ex. SII 28/2016 estableció forma
Acoge reclamo. Deja sin efecto Liquidaciones 191 y 192 de fecha 26.11.2014. Ordena al SII remitir copia de actos en cumplimiento de lo resuelto.
“AGRÍCOLA BELLAVITA CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS.
STGO ORIENTE”
RIT N°: Rol · solo Pro.
RUC N°: Rol · solo Pro.
Providencia, a tres de enero de dos mil diecinueve.
VISTOS:
El escrito de fecha 13.03.15, rolante de fs.77, mediante el cual don Carlos Martínez Concha, RUT N° [RUT reservado], en representación de la sociedad “AGRÍCOLA BELLAVITA SPA. (antes Agrícola Bellavita S.A.) ”, RUT N° 78.119.860-9, giro: Venta al por mayor de materias primas agrícolas , ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N° 5.435, Piso 4, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, deduce Reclamo en contra de las Liquidaciones N°s 191 y 192 , emitidas y notificadas el 26.11.14 , relacionadas con retención de Impuesto Adicional , año tributario 2012 y 2013 , por el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, XV DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE , RUT N°60.803.315 -7, representada legalmente por don Christian Fernando Soto Torres, RUT N° [RUT reservado], Director de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.), según Resolución TRA N° 246/1758/2015, de fecha 30.10.15, ambos domiciliados en calle General del Canto N° 281, piso 10, oficina 1003, Comuna de Providencia, Región Metropolitana.
Rolan en autos:
A fs. 1 comprobante de distribución de causa.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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