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Tribunal · solo Pro
CAMPOS CONTRERAS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 15-02-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Patricio Iván Ulloa Neira
RECHAZA+100M Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación de Impuesto a Herencias por $157.438.100. Heredera no desvirtúa tasación del SII de participaciones societarias ni acredita pasivo de factoring alegado.
Guillermo Alberto Campos Fauze falleció el 16 de diciembre de 2012. Por sentencia de noviembre 2013, se concedió posesión efectiva de su herencia testamentaria a su cónyuge y ocho hijos, incluyendo la reclamante María Angélica Campos Contreras. Debido a diferencias entre herederos para determinar la masa hereditaria, la declaración de Impuesto a Herencias se presentó extemporáneamente el 27 de enero 2016 mediante formulario F4419, con errores. El SII cursó Citación N° 5 requiriendo aclaraciones. Posteriormente, el SII dictó Liquidación N° 7 de 31 agosto 2017 por $157.438.100. La reclamante cue
El tribunal establece que el Impuesto a Herencias es de declaración y pago simultáneo (Ley 19.903), siendo responsabilidad del heredero-asignatario determinar valores conforme artículo 46 Ley 16.271. El SII actuó correctamente ejerciendo facultades fiscalizadoras ante falta de antecedentes fidedignos aportados en la etapa administrativa. La reclamante no cumplió con demostrar en juicio la verdad de sus alegaciones mediante pruebas suficientes que desvirtuaran las impugnaciones del Servicio. Respecto del pasivo de factoring BBVA por $5.920.115.071, el documento carecía de caracteres de veracida
Tribunal rechaza el reclamo en todas sus partes y confirma la Liquidación N° 7 de 31 agosto 2017 por Impuesto a Herencias de $157.438.100. Se condena a la reclamante al pago de costas.
RESUMEN:
PARTES: MARÍA ANGELICA CAMPOS CONTRERAS CON SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Procedimiento General de Reclamación.
La Serena, quince de febrero de dos mil diecinueve.
VISTOS:
Que a fojas 25 y siguientes, con fecha siete de septiembre del año 2018, don Manuel Edmond Merchak De La Puerta, abogado, en representación de doña María Angelica Campos Contreras, rol único nacional N° 9.046.840 -5, ambos domiciliados para estos efectos, en calle S an Antonio de Padua N° 220, oficina 602, comuna de Santiago, Región Metropolitana, con domicilio urbano en la ciudad y comuna de La Serena, calle Los Lagos número 1875, viene en interponer reclamo de conformidad a las normas del Libro III, Título II, artículo 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de la liquidación número 7 de 31 de agosto de 201 7, emitida por la IV Dirección Regional La Serena del Servicio de Impuestos Internos, por concepto de Impuesto a las Herencias y D onaciones contenido en la Ley N° 16.271, por un monto total de $ 157.438.100, con el objeto de que sea modificada en la forma que indica en base a los siguientes argumentos:
Relata que c on fecha 28 de noviembre de 2013, el Tercer Juzgado de Letras de Coquimbo, mediante sentencia de fojas 50, causa V-75-2013, concedió la posesión efectiva de la herencia testamentaria de don Guillermo Alberto Campos Fauze, fallecido el día 16 de diciembre de 2012, a su cónyuge doña Dagmar Agnes Henedinda Claussen Mohr, y a sus hijos Carolina de l Carmen Campos Navarro, Mariana Soledad Campos Navarro, Ana María Campos Navarro, Guillermo Alfonso Campos Navarro, María Guillermina Campos Navarro, María Angélica Campos Contreras, Juan Carlos Antonio Campo Contreras y María Loreto Campos Contreras, en cumplimiento de lo dispuesto en testamento cerrado de fecha 22 de octubre de 2012, otorgado ante el Notario Público don Claudia Rafael Barrena Eyzaguirre.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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