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Tribunal · solo Pro
Forestal Marta Gutierrez Valenzuela EIRL con SII
Fecha: 15-03-2019 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza recurso de contribuyente por infracción por emitir guía de despacho sin fecha. El tribunal confirma la sanción por incumplimiento de requisitos legales en documento tributario de transporte.
Forestal Marta Gutiérrez Valenzuela EIRL, empresa comercializadora de productos forestales, emitió guía de despacho N°364 el 11 de diciembre de 2018 para trasladar 1.728 pulgadas de madera aserrada desde Purén a Aserradero Temuco. La guía fue emitida sin consignar el día de la fecha (solo mes y año). El vehículo fue fiscalizado en control carretero. Posteriormente se emitió factura electrónica N°121 el 12 de diciembre. El SII cursó infracción N°1382548 por falta de requisito en el documento de transporte.
El tribunal establece que la parte reclamante no controvertió el hecho fundamental de la infracción, sino solo explicó las circunstancias por las cuales se omitió la fecha. La guía de despacho debe contener todos los requisitos exigidos por ley, incluyendo la fecha de emisión, conforme al artículo 55 del DL 825 y artículo 70 del DS 55/1977. La infracción se sancionó por incumplimiento de requisito legal y reglamentario, no por perjuicio fiscal. La emisión posterior de factura electrónica no subsana la falta de requisitos en el documento de transporte al momento del control. El buen comportamie
Se rechaza el reclamo interpuesto contra la infracción N°1382548. Se declara configurada la infracción prevista en artículo 97 N°10 del Código Tributario por otorgamiento de guía de despacho sin cumplir requisitos legales y reglamentarios.
Temuco, quince de marzo de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Marta Beatriz Gutiérrez Valenzuela, cédula de identidad N°7.993.939-0, en su calidad de representante legal de la contribuyente FORESTAL MARTA GUTIÉRREZ VALENZUELA E.I.R.L. , del giro de su denominación, R UT N°76.463.314-8, con domicilio en calle Cañet e N°930, comuna de Purén , quien dentro del plazo legal interpone reclamo en el procedimiento especial de aplicación de ciertas multas en contra de la notificación de infracción N°1382548, de 13 de diciembre de 2018, efectuada por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, en base a los argumentos que expone y que se consignan a continuación: 1.- Señala que su empresa tiene como giro la comercialización de productos forestales, pero no cuenta con transporte propio para el traslado de los productos, razón por la contratan ese servicio con otras empresas. Indica que, en razón de una venta realizada, debían entregar 1.728 pulgadas de madera aserrada en el Aserradero Temuco, ubicado en el kilómetro 7,5 del camino Temuco-Labranza. 2.- Agrega que, con la finalidad de cumplir con esa entrega, el día 11 de diciembre de 2018 se contrató al conductor del vehículo placa patente WK-8713 en la localidad de Capitán Pastene, emitiéndose al respecto la guía de despacho N° 0364. Ese día el conductor del vehículo manifestó que antes de realizar el viaje hacia Temuco debía realizar un trámite personal y que no sabía cuánto tiempo le tomaría, por lo que teniendo en cuenta que el aserradero en que debían entregarse los productos tenía un horario acotado para la recepción de la madera, y no existiendo certeza de si alcanzaría a completar el viaje ese mismo día, no se consignó en la referida guía de despacho el día en que se realizaría el transporte. 3.- Expone que finalmente el traslado de la madera se efectúo el mismo día 11 de diciembre, olvidando el chofer completar la fecha en el documento.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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