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Tribunal · solo Pro
COMERCIAL SINSEF LTDA con SII
Fecha: 15-04-2019 · Materia: Giro
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Se acoge reclamo contra giro de multa por no presentación de DJ 1907 por falta de fundamentación en el acto administrativo, que solo contenía glosa genérica sin explicar los motivos reales de la sanción.
Comercial Sinsef Ltda. fue multada con giro folio 2421079 por $22.167.840 (reducida a $8.867.136 tras condonación) por no presentar Declaración Jurada 1907 en año tributario 2016. El giro fue emitido el 16 de octubre de 2018 pero solo contenía la glosa «Multa Plan No Declarante DJ 1907 AT 2016». La empresa había realizado importaciones desde Liechtenstein (país considerado paraíso fiscal). El SII argumentó ex post que existía obligación de presentar DJ 1907 por operaciones con jurisdicciones de régimen fiscal preferencial nocivo.
El tribunal analiza la falta de fundamentación del acto administrativo conforme a la Ley 19.880. Determina que el giro reclamado no contiene en sí mismo los motivos por los cuales se aplicó la multa, limitándose a una glosa genérica. El SII solo aportó la fundamentación sustantiva (operaciones con Liechtenstein) en sede jurisdiccional, lo que viola el requisito legal de que los actos administrativos deben contener claramente expresados sus fundamentos. Cita jurisprudencia que prohíbe fundamentar actos administrativos en la instancia judicial. Concluye que el acto debe bastarse por sí solo para
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto el Giro Folio 2421079 de 16 de octubre de 2018. Se ordena al SII proceder conforme a derecho. No se condena en costas a la parte perdidosa por haber tenido motivos plausibles para litigar.
Concepción, quince de abril de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 13 y siguientes, comparece don Jean Pierre Latsague Lightwood, Cédula de Identidad n .° 12.984.361-6, abogado, en representación de Comercial Sinsef Limitada, Rut: 78.292.360-9, con domicilio en Tucapel n.° 142 de la comuna de Concepción, quien, mediante el procedimiento especial para ciertas multas, interpone reclamo tributario en contra del Giro n.° 2421079 por la suma de $22.167.840, emitido por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, en base a los antecedentes de hecho y de derecho que expone:
Señala, que con fecha 7 de junio de 2018, el Servicio de Impuestos
Internos le giró la multa folio n.° 15005642 con glosa “Multa Plan No Declarante DJ1907 AT2016” por la suma de $22.167.840, de la cual el Servicio condonó $13.300.704, resultando un total a pagar de $8.867.136, sin embargo, el giro jamás fue puesto en su conocimiento y, con fecha 2 0 de agosto del mismo año, se le notificó el requerimiento del pago de un título ejecutivo en su contra por parte de la Tesorería Provincial de Talcahuano, producto del giro antes mencionado.
Indica que, a raíz de lo anterior, se trabó embargo sobre un inmueble de su propiedad ubicado en Talcahuano e inscrito en el Conservador de la misma cuidad a fojas 5508 número 3056 del registro de Propiedad del año 2004. Por otra parte, fue retirada de la cuenta corriente del Banco Santander n.° 0-067-0080067-8, sucursal 0297 Catedral, la suma de $22.167.840, sin previa traba de embargo.
Luego, con fecha 3 de septiembre, interpuso reclamo ante el ente fiscal, solicitado la nulidad de dicho giro por falta de notificación y en subsidio, la improcedencia del mismo. Luego, con fecha 22 de septiembre se dicta una resolución que declara la nulidad del mismo por no encontrarse notificado, sin emitir pronunciamiento respecto de su improcedencia.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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