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Tribunal · solo Pro
JENNY ALEJANDRA SALDIVIA RIVAS RESTORANT EIRL con SII
Fecha: 23-04-2019 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de restaurante contra infracción por no emisión de boletas, concluyendo que sí emitió documentos tributarios (comprobantes Transbank) al momento del pago de los consumos.
El 25 de enero de 2019, funcionarios del SII fiscalizaron el restaurante de Jenny Saldivia Rivas y encontraron comandas internas de las mesas 24 y 26 sin boletas emitidas. Cursaron infracción por $75.600. La reclamante argumenta que al momento de la fiscalización (22:00 hrs.) los clientes aún estaban consumiendo, por lo que las comandas revisadas eran documentos internos provisionales. Los pagos se realizaron después de medianoche mediante tarjetas de crédito y débito, emitiendo comprobantes Transbank como documentos tributarios válidos.
El tribunal constató que los funcionarios no verificaron debidamente si los consumos habían concluido al momento de la fiscalización. Analizando las comandas revisadas por el SII versus las acompañadas por la reclamante, se evidenció que ambas correspondían a las mismas mesas y garzones, pero las finales fueron emitidas horas después (23:53 y 00:19 hrs.), coincidiendo con los pagos efectuados. Las comandas iniciales revisadas por el SII fueron documentos internos provisionales, no documentos tributarios finales. La diligencia de fiscalización fue incompleta. Resulta más creíble la versión de l
Acoge el reclamo y deja sin efecto la notificación de infracción N° 1406704 de 25 de enero de 2019, por comprobarse que se emitieron documentos tributarios válidos (comprobantes Transbank) al momento del pago de los consumos. No condena en costas.
Temuco, veintitrés de abril de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Jenny Alejandra Bernardita Saldivia Rivas , comerciante, cédula de identidad N° 13.710.715-5, en representación de la contribuyente JENNY ALEJANDRA BERNARDITA SALDIVIA RI VAS
RESTORANTE E.I.R.L. , RUT N° 76.039.396-7, con actividad de bar y restaurante, ambas domiciliadas en calle Gerónimo de Alderete N° 835, Villarrica , quien interpone reclamo en el procedimiento especial de aplicación de ciertas multas en contra de la notificación de infracción folio 1406704, de 25 de enero de 2019, por infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N°10 de l Código Tributario, configurada por la no emisión de boletas por la venta de productos de su giro durante el día 25 de enero del presente año . Expone en su libelo los argumentos y fundamentos que se pasan a resumir a continuación: 1.- Señala la reclamante que a las 22 :00 horas aproximadamente del día 25 de enero de 2019, se presentaron funcionarios del Servicio de Impuestos Internos en su local comercial, notificándole infracción por no otorgar documento legal por la venta de comidas y bebidas. 2.- Agrega que esta situación se generó debido a que el fiscalizador encontró botadas dos comandas internas correspondientes a las mesas 24 y 2 6, las que recogió, mientras su cónyuge don Adolfo Aravena, quien es el jefe de cocina , se encontraba realizando sus labores, acudiendo posteriormente a atender a los fiscalizadores. Indica que, atendida la insistencia del funcionario, se procedió a emitir la boleta N° 35980 por la suma de $75.600.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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