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Tribunal · solo Pro
VALERIO EUSTAQUIO con SII
Fecha: 22-05-2019 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Ha Lugar
Se acogió reclamo contra infracción por falta de emisión de guía/factura en traslado de verduras. El tribunal concluyó que el reclamante era propietario de los productos para consumo personal, no responsable solidario como sostuvo el SII.
El 27 de marzo de 2019, funcionarios del SII y Carabineros controlaron a Fredy Valerio Eustaquio en el sector Feria Pinto de Temuco. En su camioneta encontraron dos bolsas con lechugas y cebollines que trasladaba a Villarrica. El reclamante declaró haberlas comprado para consumo personal y familiar. El SII constató que era representante legal de un restaurante y lo infraccionó por no emitir documento tributario, imputándole responsabilidad solidaria como transportista que no identificó al vendedor.
El tribunal estableció que en infracciones tributarias la carga probatoria corresponde al SII, quien debe acreditar suficientemente los hechos sancionables, aplicándose principios constitucionales del derecho penal. Analizó que la infracción se fundamentaba en que no habría emisión de documento tributario conforme al artículo 55 de la Ley de IVA. Sin embargo, concluyó que el SII no demostró los presupuestos de hecho configuradores. Los funcionarios cuestionaron la credibilidad del relato del reclamante basándose solo en la cantidad de mercadería y su calidad de representante legal, sin evidenc
Se acogió el reclamo interpuesto por Fredy Valerio Eustaquio. Se dejó sin efecto la notificación de infracción N° 1407047 del 27 de marzo de 2019 cursada por el SII por infracción al artículo 97 N° 10 del Código Tributario. Se absolvió al SII del pago de costas.
Temuco, veintidós de mayo de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don FREDY DONAIRE VALERIO EUSTAQUIO, cédula de identidad N° 22.193.468-7, de nacionalidad peruana, domiciliado en calle Los Arrieros N° 1514, Villa Juan Pablo II , Temuco , quien de ntro de plazo legal interpone reclamo contra de la notificación de infracción folio N° 1 407047, de fecha 27 de marzo de 2019, por infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N° 10 del Código Tributario, configurada por la no emisión de guía de despacho o factura por el traslado de lechugas y cebollines en vehículo de carga desde Temuco a Villarrica, conforme a los siguientes argumentos y fundamentos: 1.- Señala el reclamante que el día 27 de marzo del año en curso, salió de su jornada laboral alrededor de las 20:30 hrs. y se dirigió al sector de Feria Pinto a realizar compras para su hogar, las que consistían en verduras y hortalizas. Agrega que cuando se retiraba del lugar, aproximadamente a las 22:05 hrs., fue detenido por funcionarios de Carabineros, quienes se encontraban acompañados por funcionarios del Servicio de Impuestos Internos quienes procedieron a controlarlo, solicitándole que abriera la puerta trasera de su camioneta y consultándole a donde llevaba la mercadería, a lo cual respondió que era para su casa donde reside junto a su familia en la comuna de Villarrica, sector Ñancul. 2.- Agrega que la funcionaria le señaló que él era representante legal de un restaurante, luego de revisar sus datos en el sistema, sin embargo, afirma que se encontraba fuera de su horario de trabajo y haciendo gestiones personales y que la compra efectuada no era para el restaurante atendida su poca cantidad, haciendo notar que la funcionaria no revisó las bolsas que contenían las verduras y procedió a infraccionarlo.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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