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Tribunal · solo Pro
SII con Sociedad Newcom Ingenieria y Construcción Limitada
Fecha: 09-10-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal condena a Newcom Ingeniería y Construcción Limitada por aumento malicioso de crédito fiscal del IVA sin documentación de respaldo en períodos enero-julio 2016, imponiendo multa del 100% de impuestos evadidos.
La contribuyente Sociedad Newcom Ingeniería y Construcción Limitada, representada por Juan Alberto Bravo Alvial, declaró indebidamente créditos fiscales del IVA en formularios 29 de enero a julio de 2016. El crédito fiscal declarado ascendió a $11.402.992, cuando el efectivamente registrado en libro de compras era solo $509.473, generando diferencias no justificadas por $10.893.519. El contador externo de la empresa y las socias (hijas del representante) declararon que Bravo Alvial proporcionaba los datos sin respaldo contable y manejaba la empresa sin su intervención. El representante legal n
El tribunal acreditó la infracción en artículo 97 N°4 inciso segundo del CT, que sanciona el aumento malicioso de créditos o imputaciones que tengan derecho a hacer valer. La conducta fue deliberada, no error administrativo, por tratarse de diferencias relevantes de IVA declaradas sistemáticamente durante siete meses mediante formularios 29 ideológicamente falsos sin respaldo contable. La malicia se evidencia porque el crédito válido representaba solo 4,7% del declarado. Se descartó la circunstancia del artículo 107 N°4 por falta de antecedentes sobre fecha de inicio de actividades. Se conside
Se confirma acta de denuncia N°28/2019 y se condena a Newcom Ingeniería y Construcción Limitada y a su representante legal Juan Alberto Bravo Alvial al pago de multa de $11.595.235, equivalente al 100% de los impuestos evadidos. Se condena en costas a la denunciada.
Temuco, nueve de octubre de dos mil diecinueve.
VISTOS:
1.- A fojas 1 de autos rola acta de denuncia N° 28/2019, cursada por el Servicio de Impuestos Internos el 6 de febrero de 201 9 a la contribuyente SOCIEDAD
NEWCOM INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA, RUT 76.878.300-4, con giro de ingeniería, construcción y telecomunicaciones, representada legalmente por don Juan Alberto Bravo Alvial, cédula de identidad N° 10.511.548 -2, ambos domiciliados en calle Inglaterra N°01285, Temuco , por su responsabilidad en la comisión de la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N° 4 , inciso 2° del Código Tributario, configurada por el aumento malicioso del crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado sin documentación legal de respaldo , generándose de esa forma una menor carga tributaria. 2.- Expone la denuncia que, con ocasión de un proceso de recopilación de antecedentes, se pudo establecer que la denunciada incurrió en irregularidades consistentes en el uso de créditos fiscales del IVA sin documentación legal de respaldo, aument ándolos indebidamente en sus declaraciones mensuales correspondientes a los períodos tributarios de enero a julio del año 2016, lo que disminuyó indebidamente su carga tributaria del Impuesto al Valor Agregado. 3.- Indica también que don Juan Alberto Bravo Alvial tuvo una participación directa en el hecho infraccional, puesto que en su calidad de representante legal de la sociedad Newcom Ingeniería y Construcción Limitada procedió maliciosamente a aumentar el verdadero monto de los créditos que tenía derecho a hacer valer en la determinación del Impuesto al Valor Agregado contenida en los formularios 29 de los periodos de enero a julio de 2016.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Dos motivos principales:
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