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Tribunal · solo Pro
COMERCIALIZADORA ECOMAX SPA con SII
Fecha: 24-10-2019 · Materia: Liquidación · Juez: orlando_cuevas_reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Ecomax contra liquidaciones de IVA por $21.348.224, confirmando rechazo de créditos fiscales por facturas no fidedignas de proveedores que no acreditaron efectividad material de operaciones.
Comercializadora Ecomax S.p.A., empresa recicladora, fue liquidada por diferencias de IVA en períodos julio 2016-julio 2017 por rechazo de créditos fiscales de facturas de proveedores Jefferson David Bejcek Hauri y Plasticom S.p.A. Ecomax alegó que mercaderías fueron recepcionadas conforme, pagadas en efectivo, y servicios de transporte fueron incluidos. El SII objetó las facturas como no fidedignas por falta de acreditación de efectividad material, inconsistencias en datos de proveedores y ausencia de documentación de pagos.
El Tribunal determinó que las facturas de Plasticom S.p.A. por polietileno y film strech incumplen requisitos legales, careciendo de guías de despacho ni identificación de vehículos transportistas conforme artículo 55 DL825 y artículo 70 DS55/1977. Respecto de Jefferson David Bejcek Hauri, no se acreditó efectividad material de compras ni pago de cantidades considerables en efectivo (total $187.449.708). La declaración jurada del representante de Plasticom no proporcionó antecedentes relevantes. El libro de caja americano no coincidió con montos de facturas objetadas. Se concluyó que Ecomax no
Rechaza reclamo de Ecomax contra liquidaciones 234-243 de IVA. Confirma liquidaciones emitidas por SIX Araucanía del 26 de abril de 2018 que rechazaron créditos fiscales por facturas no fidedignas. Condena en costas a reclamante por carecer de motivo plausible para litigar.
Temuco, veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Alejandro Enrique Ramírez Valdivia, abogado, cedula de identidad N° 8.726.933 -7, en representación de Comercializadora Ecomax
S.p.A., sociedad del giro de reciclaje, RUT N° 76.591.878 -2, representada legalmente por doña Patricia Ester Clavería Labrin, todos domiciliados en calle Manuel Montt N° 966 , departamento N° 301 , Temuco, quién deduce reclamo en contra de las Liquidaciones números 234 a 243, emitidas por la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos con fecha 26 de abril de 2018 , mediante las cuales se determinan diferencias de Impuesto al Valor Agregado de los períodos tributarios de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2016 y marzo, abril, mayo, junio y julio de 2017 , por la suma total de $21.348.224 más reajustes, intereses y multas, conforme los argumentos y fundamentos que a continuación se resumen: 1.- La reclamante se refiere, en primer término, a las actuaciones llevadas a cabo por el Servicio de Impuestos Internos durante la etapa de fiscalización , señalando finalmente que con fecha 15 de febrero de 2018 la contribuyente dio respuesta a la Citación N° 4, señalando en dicha oportunidad que, respecto de las facturas con membrete a n ombre de Jefferson David Bejcek Hauri , las mercaderías fueron recepcionadas en conformidad y que las compras incluyeron todos los fletes para el traslado de estas por cuanto el proveedor contaba con los medios para efectuarlos, señalando además que el pago de los productos se efectúo en dinero en efectivo porque en dicha fecha la empresa no contaba con los requisitos necesarios para la apertura de una cuenta corriente en un Banco. Respecto de las facturas con membrete a nombre de Plasticom S.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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